Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.
Tribunal Supremo determina que los cabilderos por la estadidad no tienen que rendir cuentas a Ética Gubernamental

El alto foro judicial le dio la razón a la delegada Zoraida Buxó, quien impugnó que esa oficina pudiera obligarle a rendir informes financieros

11 de diciembre de 2024 - 11:30 AM

La vicepresidenta de la Junta de Gobierno y presidenta del Comité de Retiro de ese cuerpo, Zoraida Buxó, mantuvo la posición de que la entidad rectora de la UPR es a la que le corresponde tomar las decisiones. (GFR Media)
La delegada por la estadidad Zoraida Buxó impugnó con éxito la autoridad de la Oficina de Ética Gubernamental para exigirle informes financieros.

Washington D.C. - El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó ayer, martes, que la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) carece de autoridad en ley para exigir informes financieros a los delegados electos para cabildear por la estadidad, en lo que constituye una victoria para la exsecretaria de Corrección Zoraida Buxó.

“La OEG, aun con la trascendencia de la función que ejecuta, no tiene poderes irrestrictos para someter a funcionarios públicos al requisito de rendir informes financieros basado en una interpretación estatutaria contraria al sentido literal de la ley”, indica la opinión de la mayoría, escrita por el juez asociado Edgardo Rivera García.

La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, y el juez asociado Ángel Colón Pérez disintieron.

Buxó, quien concluye este mes sus funciones como funcionaria electa para cabildear por la estadidad en el Senado de Estados Unidos, impugnó la autoridad de la OEG para obligarle a rendir informes financieros. El máximo foro judicial puertorriqueño le dio la razón, revocando la decisión emitida por el Tribunal de Apelaciones, pese a que esos funcionarios tienen un salario público de $90,000 anuales y pueden reclamar reembolsos por gastos de hasta $30,000.

Aunque Buxó rindió su primer informe financiero ante la OEG, luego impugnó la jurisdicción de esa oficina, por entender, como determinó el Supremo, que la ley de ética gubernamental no incluye a los delegados por la estadidad entre los funcionarios obligados a rendir esa información.

“A más de tres años de su elección, es imperativo que exista un mecanismo de rendición de cuentas para estos (delegados), cuya función principal de cabildeo en adelanto de la estadidad –y con poca supervisión– se presta para conflictos de interés y para el mal uso de fondos públicos. Como funcionarios electos, tienen que rendir cuentas”, indicó la jueza Oronoz Rodríguez, quien insistió en que debería ser inválido todo el diseño de la Ley 167 de 2020 que creó el puesto de delegado por la estadidad, pues asignó fondos públicos “para adelantar intereses político-partidistas”.

Pero, el juez Rivera García, a nombre de la mayoría –todos nombrados por gobiernos del Partido Nuevo Progresista (PNP)–, advirtió que la ley orgánica no fue enmendada para incluir a los delegados electos por la estadidad, un puesto creado por la Ley 167.

Ante el planteamiento del juez Colón Pérez de que el asunto debió primero examinarse de forma administrativa por la OEG, Rivera García sostuvo que, después de llegar a la conclusión de que la OEG “no está facultada para exigirle a los delegados congresionales que rindan informes financieros… poco sentido tendría que la peticionaria dedicara una cantidad extendida de tiempo a litigar este tema ante la OEG”.

Bajo la ley de ética gubernamental, sostuvo Rivera García, “una cosa es que la persona sea un servidor público” para los fines del estatuto, pero “muy distinto es que ese servidor público venga llamado a rendir informes financieros”. “Para ello, como indicamos, es imprescindible que su función aparezca de algún modo en el listado del Artículo 5.4 de la ley orgánica de la OEG”, añadió el juez asociado Rivera García a nombre de la mayoría.

El juez Colón Pérez argumentó, en su opinión disidente, que el caso debió considerarse a fondo primero en la OEG. Pero, además, acentuó que el estatuto que creó la OEG le permite “interpretar, aplicar y hacer cumplir las disposiciones de esta ley y de los reglamentos creados a su amparo, que establecen determinadas prohibiciones respecto a la conducta de los servidores públicos o que rigen las cuestiones de ética, de conflicto de intereses y de la presentación de los informes financieros”. También, subrayó que los fundamentos de la ley hacen alusión a requerir informes a los funcionarios electos.

“En innumerables ocasiones, hemos sentenciado que la letra de la ley no debe seguirse ciegamente cuando ello iría en detrimento de su espíritu y fin”, sostuvo el juez Colón Pérez.

Seis delegados por la estadidad fueron electos, en mayo de 2021, a base de la ley impulsada por el PNP. Pero, en el puesto terminan cuatro: Buxó, Roberto Lefranc Fortuño, el exgobernador Ricardo Rosselló Nevares y la exsenadora Melinda Romero Donnelly. Rosselló Nevares es el único que no tiene salario, pues ha preferido continuar trabajando en el sector privado. Lefranc y Buxó han mantenido otras tareas privadas, mientras cobran sus salarios públicos.

La gobernadora electa Jenniffer González ha descartado revivir el modelo de los cabilderos por la estadidad.

Por su parte, Buxó exhortó a revisar la estructura de la OEG y recomendó integrarla al Departamento de Justicia. “Esta decisión (del Tribunal Supremo de Puerto Rico) llama a repensar todos estos andamiajes burocráticos redundantes que se crearon con la intención de promover un servicio público honrado, pero que hoy parecen luchar principalmente para justificar su propia subsistencia, dentro de un gobierno que además de quebrado es demasiado grande, costoso e ineficiente”, indicó Buxó, en una declaración.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: