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Tribunal Supremo estadounidense rechazó examinar la constitucionalidad del plebiscito criollo

Denegó una petición de certiorari del abogado Juan Carlos Albors, quien solicitó incluir como alternativa una fórmula de “Estado Libre Asociado incorporado”

15 de octubre de 2024 - 12:02 PM

El edificio del Tribunal Supremo de Estados Unidos, en Washington D.C. (Mark Schiefelbein)

Washington D.C. - El Tribunal Supremo de Estados Unidos denegó el martes la petición del abogado Juan Carlos Albors para que se examinara la constitucionalidad del plebiscito criollo del 5 de noviembre y se incluyera como cuarta alternativa la fórmula de “Estado Libre Asociado incorporado”.

Albors había acudido al máximo foro judicial estadounidense después de que se le negara intervenir en la impugnación del plebiscito que hiciera el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

“El asunto revierte al gobernador Pedro Pierluisi. Todavía está a tiempo de evitar que el país se vea obligado a votar a favor de la transferencia de soberanía como mecanismo para objetar el desempeño del partido en el poder”, sostuvo Albors tras recibir la negativa del Tribunal Supremo estadounidense.

La convocatoria al plebiscito local, que no es vinculante para el gobierno federal y ha sido boicoteado por casi toda la oposición, permitiría consultar a los electores de Puerto Rico en torno a las alternativas de estadidad, independencia y soberanía en libre asociación con Estados Unidos.

“Este Tribunal ha sostenido que los estados no pueden infringir el derecho constitucional federal a la libertad de expresión y asociación de porciones significativas del electorado a estar representado en las urnas, tal como lo protege la Primera Enmienda”, indicó Albors, quien ha estado vinculado al Partido Popular Democrático (PPD) y llegó a ser precandidato a la comisaría residente en Washington, cuando sometió su recurso legal ante el foro judicial estadounidense.

Albors se identifica como responsable del grupo “Estadolibristas Unidos”, que defiende la incorporación de Puerto Rico como territorio; no como un paso previo a la estadidad, sino en busca de paridad en los programas estadounidenses de asistencia social.

El gobernador Pedro Pierluisi solicitó a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) la convocatoria al plebiscito criollo a base de la ley 165 de 2020, basada e impulsada en la estadidad, y que le permite encaminar la consulta solo presentando las alternativas, sus definiciones y la fecha de la votación.

El PIP ha impugnado, sin éxito, el estatuto por entender que representa una delegación inconstitucional al Ejecutivo.

Puerto Rico, de acuerdo a la jurisprudencia de los Casos Insulares del Tribunal Supremo estadounidense, es un territorio no incorporado que pertenece a, pero no es parte, de Estados Unidos.

La jurisprudencia estadounidense establece que en los territorios no incorporados solo aplican los derechos fundamentales de la Constitución federal y no están encaminados hacia la estadidad.

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