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La Junta de Supervisión Fiscal no logra acuerdo con los bonistas de la AEE

A pesar de una nueva ronda de negociaciones, las partes no se han puesto de acuerdo mientras Boston concede una victoria parcial a Puerto Rico en la reestructuración de la corporación pública

15 de noviembre de 2024 - 9:25 AM

A pesar de que la jueza Laura Taylor Swain ordenó negociar hasta llegar conseguir un acuerdo, la Junta de Supervisión Fiscal y los bonistas continúan sin llegar a un entendido. (Carlos Rivera Giusti)

A pesar de una nueva ronda de negociaciones, la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) informó anoche al mercado municipal que no ha conseguido un acuerdo con los bonistas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

El impasse entre la JSF y los bonistas objetores de la AEE se dio a conocer al tiempo en que, en una compleja y técnica decisión, el Tribunal de Apelaciones de Boston afirmó que si bien los acreedores de la deuda pública de la empresa estatal poseen una deuda asegurada en el orden de $8,500 millones, estos no poseen ningún otro remedio más allá de los ingresos netos de la AEE.

En consecuencia, si la AEE no cuenta con suficientes ingresos para pagar a los bonistas, estos no tendrán ningún otro remedio para recuperar su menoscabo. En contraste, dice el fallo apelativo revisado, los bonistas sí podrán presentar una acción contra la AEE por malversar fondos que correspondían al pago de la deuda pública.

De acuerdo con el informe de la JSF radicado en la noche del jueves, el mes pasado, el organismo que controla las finanzas públicas de Puerto Rico, bajo la sombra del proceso de mediación, se reunió con integrantes del grupo de bonistas objetores de la AEE.

Como parte de las negociaciones, el pasado 8 de octubre, la JSF divulgó un documento de las ofertas que intercambiaron las partes y que no llegaron a nada. Entre otras cosas, los bonistas objetores proponen que se modifique el cálculo del cargo legado para que más abonados de la AEE estén sujetos al cargo mensual que aparecería en la factura para pagarles.

Luego de dicha divulgación, las partes volvieron a reunirse el pasado 16 de octubre, pero para discutir asuntos vinculados al proceso de mediación y no en torno a los términos para un posible acuerdo.

“Hasta el 14 de noviembre de 2024, no se ha alcanzado un acuerdo”, indica el reporte radicado por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf).

La opinión revisada de Boston

La falta de un entendido entre las partes para poner fin a la quiebra de la AEE se da a conocer mientras ha transcurrido poco más de un mes desde que la jueza de distrito federal Laura Taylor Swain extendió -hasta el 31 de enero de 2025- la moratoria judicial en el caso de Título III de la corporación pública.

Ahora, en síntesis, la decisión de Boston afirma que los bonistas de la AEE pueden reclamar lo adeudado por la empresa estatal, pero no tienen derecho a buscar otros remedios si la corporación pública no tiene cómo pagarles, pero estos podrán reclamar por otra vía, si se confirma que la AEE utilizó fondos que debieron ir a los bonistas para cualquier otro propósito.

En parte, el fallo judicial perjudica a los bonistas, pues a juzgar por los documentos de negociación divulgados, estos alegan que la AEE les adeuda sobre $11,700 millones, incluyendo en la cifra unos $8,500 millones de principal e intereses acumulados.

“En consecuencia, los bonistas no son acreedores con derecho de recobro (non-recourse)... Los bonistas no podrán radicar ninguna reclamación por menoscabo contra la AEE, porque esa reclamación alcanzaría otros activos que van más allá del colateral de los bonistas”, reza el fallo del foro apelativo.

De acuerdo con la opinión revisada del Primer Circuito, el pago que puedan recibir los bonistas solo podrá cobrarse después de que la AEE pague sus gastos corrientes y operacionales, incluyendo el pago de las pensiones de los trabajadores. Ello, porque bajo la sección 928 del Código de Quiebras de Estados Unidos, los ingresos -según definidos en los documentos legales de la AEE- se consideran “especiales”, lo que significa que cualquier gravamen está “subordinado a los gastos operacionales necesarios y razonables post-petición” de una solicitud de quiebra.

“La ley de Puerto Rico, el Código de Quiebras y jurisprudencia en casos anteriores, todos indican que los ingresos netos que la (AEE) adquirirá en el futuro estarán sujetos al gravamen que hizo la AEE en el Acuerdo de Fideicomiso (de su deuda)”, estableció el foro apelativo federal en una compleja y técnica decisión de 69 páginas.

La opinión revisada del Primer Circuito de Boston se produjo luego de un primer fallo en favor de los bonistas y que se emitió en junio pasado.

Entonces, Boston favoreció a los bonistas, pero también favoreció a la JSF -y a Puerto Rico- al concluir que si bien los acreedores tienen una deuda asegurada, esta no puede cobrarse de los ingresos brutos de la AEE o de otros activos de la corporación pública.

Lo que no quedó claro en aquella decisión fue el momento en que los bonistas pueden acceder a los ingresos netos de la AEE como colateral y qué tipo de ingresos, más allá del dinero físico, son esos para cobrar su parte. Tampoco quedó claro qué remedio tienen los bonistas si se demuestra que la AEE malversó fondos que debieron ir al pago de la deuda pública.

En el dictamen revisado, el foro apelativo reitera que la reclamación de los bonistas ronda $8,500 millones en principal e interés acumulado y que los ingresos netos de la AEE incluyen dinero, pero también otros intangibles. Concluye además que los bonistas podrán cobrar su parte de los ingresos actuales de la AEE y de los ingresos netos que lleguen a futuro, independientemente de cuándo la corporación pública los reciba.

“Esto no significa que debe pagarse a los bonistas $8,500 millones”, subraya el foro apelativo.

Pero el fallo revisado, reconsidera una primera desestimación por el posible mal manejo del dinero de la AEE, abriendo la puerta para un posible litigio de restitución por separado.

Si bien el foro apelativo aclaró los asuntos pendientes, el panel de jueces dejó en manos de Swain cuantificar a cuánto ascenderá el pote al que tienen derecho los bonistas al tiempo que elogió lo hecho por la jueza en el caso de Puerto Rico.

“Hemos encontrado que las opiniones y aportaciones del tribunal de Título III han sido de gran ayuda”, reza el fallo del foro apelativo en referencia al trabajo de Swain y su equipo legal, aun cuando en ocasiones previas, Boston ha revocado las determinaciones de la jueza.

Correcciones y Aclaraciones

15 de noviembre de 2024, 11:00 a.m. Esta nota fue actualizada para desglosar la deuda de $11,500 millones que alegan los bonistas y que incluye unos $8,500 millones en principal. También fue actualizada para corregir errores ortográficos y gramaticales.



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