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Tribunal emite primera orden en pleito que busca detener el aumento salarial

Mientras, el secretario del Trabajo recalca que el salario de $10.50 la hora está en vigor, desde hoy lunes, 1ro de julio

1 de julio de 2024 - 1:00 PM

Gabriel Maldonado, secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. (Vanessa Serra D’az)

El juez superior Anthony Cuevas ordenó este lunes a seis organizaciones empresariales que presenten evidencia de que antes de acudir al foro judicial para detener la implementación del nuevo salario mínimo en Puerto Rico, acudieron antes a la comisión a cargo de adoptar la normativa.

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La decisión es la primera orden luego de que el pasado sábado, el sector privado presentó un recurso de mandamus para poner en suspenso el alza salarial a $10.50, y dio a los empresarios demandantes 24 horas para cumplirla.

Asimismo, el Tribunal requirió a las asociaciones empresariales que identifiquen “la sección específica de la Ley (47 de 2021) en la cual surge el alegado deber ministerial que se imputa como incumplido”, lee parte de la orden del juez.

Mientras el sector privado busca detener el alza, el secretario del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Gabriel Maldonado González aclaró, que pese a haberse radicado una acción legal en los tribunales, el nuevo mínimo está en vigor en Puerto Rico desde este lunes.

“Tomamos conocimiento de la presentación de una demanda por varias agrupaciones que representan al sector privado, cuya intención es impedir que entre en vigor el aumento al salario mínimo a $10.50, efectivo a partir del 1 de julio de 2024. Ello, según dispuesto en la Ley Núm. 47-2021, en la medida en que la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo no varió lo dispuesto en la ley”, sostuvo en declaraciones escritas el secretario Maldonado González.

“Independientemente de posturas en contrario, y hasta que un tribunal no disponga otra cosa, el salario mínimo en Puerto Rico a partir del 1 de julio de 2024 es de $10.50 por hora, para todos los patronos y empleados no exentos cobijados por la Fair Labor Standards Act (FLSA), exceptuando la industria agrícola y el gobierno, salvo corporaciones públicas que operan como negocio privado”, manifestó Maldonado González.

El sábado, 29 de junio, las principales entidades que representan al sector privado radicaron en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan un mandamus y/o sentencia declaratoria, en la que alegan que la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo tomó una decisión ultra vires al aprobar el alza salarial.

Según las entidades empresariales, la Ley del Salario Mínimo exige que, para que su acción afirmativa sea válida, se requiere el voto de cinco miembros de la Comisión Evaluadora. En esta ocasión, votaron a favor solo tres de los cinco miembros, debido a que todavía hay dos vacantes.

Las asociaciones demandantes son: la Cámara de Comercio de Puerto Rico, Hecho en Puerto Rico, la Asociación de Industriales, la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), la Asociación de Restaurantes (Asore), la Asociación de Comercio al Detal (Acdet) y la Asociación de Hoteles y Turismo de Puerto Rico (PRHTA por sus siglas en inglés).

“El incumplir con el salario mínimo estatal aplicable podría estar sujeto a reclamaciones, multas y penalidades conforme dispone la ley”, advirtió el secretario del Trabajo, quien es integrante de la Comisión Evaluadora y voto en contra del ajuste.



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