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Satisfecho Asore con la paralización del reglamento sobre plásticos de un solo uso

El Tribunal de Apelaciones da un plazo de 30 días al DACO y al DRNA para que presenten argumentos

9 de diciembre de 2024 - 3:05 PM

La medida define el utensilio plástico de un solo uso, el artefacto de material plástico vendido y utilizado voluntariamente para el consumo de alimentos por los seres humanos. (Archivo)
La medida define el utensilio plástico de un solo uso, como el artefacto de material plástico vendido y utilizado voluntariamente para el consumo de alimentos por los seres humanos. (Archivo)

La puesta en vigor del Reglamento 9570, que prohíbe el expendio o utilización de plásticos de un solo uso, volvió a ponerse en pausa, esta vez por parte del Tribunal de Apelaciones (TA), cuyos magistrados acogieron la solicitud de la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico (Asore).

La resolución del TA se emitió el pasado viernes, 6 de diciembre, y respondió a una moción en auxilio de jurisdicción radicada por el sector de restaurantes.

Carlos Budet, presidente de Asore, se expresó satisfecho con la decision judicial. “Esta resolución del Tribunal de Apelaciones es un paso significativo hacia una implementación más considerada y justa de la ley. Reafirma nuestra posición de que la claridad y la viabilidad del reglamento son esenciales para no perjudicar la operatividad y sostenibilidad de los negocios que representamos”, sostuvo Budet.

La determinación judicial da un plazo de 30 días al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para que presenten sus argumentos y suspende la implementación de la interpretación del reglamento que ambas agencias habían hecho.

La Ley 51 de 2022 prohíbe el expendio y utilización de plásticos de un solo uso, definidos como “el artefacto de material plástico vendido y utilizado voluntariamente, tales como los cubiertos, platos y sorbetos de plástico, así como los vasos, tazas y contenedores de alimentos hechos de poliestireno expandido (‘foam’) para su consumo inmediato o para llevar algún alimento sin procesar o procesado.

En junio del presente año, el DACO y el DRNA presentaron el reglamento que acompaña dicho estatuto ante el Departamento de Estado.

Entonces, diversas voces del sector privado expresaron su malestar por las inconsistencias o poca claridad del mencionado reglamento.

Budet indicó que Asore recurrió al foro judicial tras numerosos intentos de dialogar y clarificar con el DACO y DRNA alegados problemas que tiene el reglamento.

“A pesar de nuestras numerosas conversaciones y consultas, enfrentamos una implementación apresurada que no considera la realidad operativa de los restaurantes y establecimientos comerciales. Nuestros esfuerzos para aclarar estos problemas no han resultado en las modificaciones necesarias para una implementación justa y viable,” señaló Budet.

Según Asore, el recurso de revisión presentado al foro apelativo es un llamado a cumplir con el procedimiento de ley para enmendar el reglamento y así garantizar que cumpla con su propósito sin perjudicar la operatividad y sostenibilidad de los negocios que representan.

“Nuestro compromiso con las regulaciones ambientales es firme, pero es fundamental que el gobierno también esté preparado y haya proporcionado una guía clara y aplicable”, aseveró Budet.

Agregó el empresario, que Asore está dispuesta a colaborar con las autoridades para desarrollar un “reglamento que sea justo, efectivo y equitativo, asegurando así la protección de los intereses del medio ambiente, el consumidor y la industria”.

“Esperamos que esta acción legal impulse a todas las partes a revisar y perfeccionar el reglamento para que realmente cumpla con su propósito sin afectar negativamente a esta industria que tanto aporta a la economía del país”, añadió Budet.

El estatuto, firmado por el gobernador Pedro Pierluisi el 29 de junio de 2022, establecía un período de dos años para su implantación. La propia ley definía que los secretarios del DRNA y el DACO tenían 60 días, a partir de la aprobación del estatuto, para establecer el reglamento que pondría en vigor sus disposiciones.

No obstante, no fue hasta casi 9 meses después de la aprobación de la ley, es decir, el 28 de marzo de este año, que las agencias llevaron a cabo la primera vista pública para discutir el borrador del reglamento el 28 de marzo de este año y unos tres meses más tarde entró en vigor.



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