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Ante el Senado una medida que ampliaría acceso para el alquiler de terrenos de la Autoridad de Tierras

El proyecto busca eliminar un requisito que, aunque no está escrito en reglamento, ha sido un obstáculo para agricultores, pero también abarca proyectos “no agrícolas”

20 de febrero de 2025 - 10:00 AM

Según la exposición de motivos, la medida busca corregir una barrera burocrática que ha impedido a pequeños agricultores y desarrolladores acceder a terrenos. (Nahira Montcourt)

Con miras a expandir el acceso de pequeños y medianos agricultores a los terrenos que la Autoridad de Tierras tiene disponibles para arrendamiento, una medida ante la consideración del Senado propone enmendar la Ley de Tierras de 1941 para eliminar el requisito de un mínimo de cuerdas en los contratos.

“El proyecto lo que persigue es fortalecer la industria agrícola, el negocio agrícola, mediante la eliminación de ese requisito y, en ese sentido, hacer crecer más a ese pequeño agrícola que puede beneficiarse de un arriendo un poco más pequeño para ir entonces creciendo escalonadamente”, sostuvo el senador Ángel Toledo López, autor de la propuesta, en entrevista con El Nuevo Día.

El Proyecto del Senado 176, que fue referido, a mediados de enero, a la Comisión de Agricultura, cita el “Reglamento para el arrendamiento, venta y concesión de permisos de entrada y ocupación de los terrenos, propiedades y estructuras pertenecientes a la Autoridad de Tierras”, al establecer que cualquier persona o entidad que presente una propuesta viable de desarrollo –agrícola o no agrícola– y que tenga la capacidad económica para cumplir con los términos del contrato podrá optar por un arrendamiento de tierras, y añade, “sin que se le exija un mínimo de cuerdas a ocupar”.

Según la exposición de motivos, la medida busca corregir una barrera burocrática que ha impedido a pequeños agricultores y desarrolladores acceder a estos terrenos. “Aunque del reglamento no se desprende que el número de cuerdas a ser ocupadas o utilizadas durante la vigencia del acuerdo, sea un criterio, varios agricultores nos han señalado que, si el contrato no incluye un número significativo de cuerdas a ser ocupadas, la Autoridad de Tierras no considera la solicitud”, sostiene el proyecto.

Toledo López, quien es natural de Utuado, sostuvo que identificó esta problemática en conversaciones con pequeños agricultores el pasado año durante la campaña electoral. También, planteó que la referencia a usos “no agrícolas” se desprende del reglamento vigente, y argumentó que no tiene como propósito abrir o expandir el uso de tierras agrícolas a desarrollos de otro tipo.

“El propósito mío es el fortalecimiento de la agricultura. Yo estoy seguro que un proyecto como este irá a vista pública y se discutirá; tenemos que atender naturalmente las observaciones de las diferentes partes con interés”, dijo el legislador del Partido Nuevo Progresista (PNP). “Pero, si no está contemplado dentro de lo que la Autoridad de Tierras hace, pues, naturalmente no es lo que estamos buscando promover. Lo que estamos buscando promover es aquello para lo que la Autoridad de Tierras tiene potestad”, argumentó.

Ángel Toledo López, senador del Partido Nuevo Progresista.
Ángel Toledo López, senador del Partido Nuevo Progresista. (Ramón “Tonito” Zayas)

Aunque no está claro cuándo la medida será llevada a vistas públicas, Toledo López indicó que, a partir de esa discusión, será considerada cualquier propuesta de enmienda que se entienda necesaria.

“Yo no tengo problema con que en alguna discusión surgiera una solicitud de enmienda y se elimine, se reformule o se rescriba esa parte”, planteó el senador. “No hay ningún problema, porque lo que queremos decir es que el límite que establece la Autoridad de Tierras para aquellas funciones que la Autoridad autoriza, que no se establezca con un mínimo de cuerdas, pero es para aquello que ya está autorizado la Autoridad a hacer, no estamos buscando expandir”, subrayó.

Pese a varios intentos, el secretario del Departamento de Agricultura, Josué Rivera Castro, no estuvo disponible para entrevista.

El reglamento en cuestión plantea que, en aquellos casos de solicitantes de arrendamiento para uso no agrícola, la solicitud deberá ser evaluada por el director de Bienes Raíces de la Autoridad, quien una vez culmine su evaluación, la referirá ante el director ejecutivo de la corporación pública o la Junta de Gobierno. Estos, a su vez, emitirán una determinación para aprobar o denegar la solicitud.

“De ser aprobada, remitirá una comunicación al Departamento de Agricultura para una consulta de cambio de uso de conformidad con la Ley Núm. 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, conocida como Ley de Preservación de Tierras para Uso Agrícola”, lee el reglamento, que no describe cuáles pudieran ser usos no agrícolas permitidos.

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