4 de febrero de 2025 - 8:15 PM
El Senado derrotó este lunes una propuesta legislativa para que las vacantes en las alcaldías, ya sea por renuncia, acusación, destitución o convicción por actos de corrupción, fueran cubiertas mediante elección general, con la participación de todos los electores hábiles del municipio.
El Proyecto del Senado 300, de la senadora de Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve, también ampliaba a 90 días el período para efectuar la elección especial. Un total de 25 legisladores, votaron en contra del proyecto.
Otra pieza que fue derrotada este lunes fue el Proyecto del Senado 304, también de Rodríguez Veve. Con esta medida, la legisladora buscaba crear la “Ley de Protección de Fuentes Periodísticas”, con el fin de que un periodista o reportero pueda garantizarle a una fuente que su identidad no será revelada.
“En realidad, este proyecto está dirigido a proteger nuestro derecho constitucional a la libertad de prensa, que es mucho más amplio que proteger exclusivamente las fuentes periodísticas, pero ciertamente comprende esa dimensión”, expresó la senadora.
“Esto no aplica a chismólogos en los medios de comunicación, ni a troles, ni a personas que, en su carácter individual, hacen uso de la palabra para difamar o para actuar de forma libelosa o para revelar información, por ejemplo, como secreto de negocio”, argumentó sin éxito.
Los senadores novoprogresistas Roxanna Soto Aguilú, Gregorio Matías y Ángel Toledo se expresaron en contra de la medida, al igual que el presidente de Senado, Thomas Rivera Schatz. “La intención de la compañera Rodríguez Veve no es proteger a nadie en particular. Yo estoy convencido que eso es así... pero discrepo profundamente del propósito de esta medida”, dijo el líder senatorial.
Una medida que corrió mejor suerte fue el Proyecto del Senado 85, de Rivera Schatz, para enmendar la Ley 54-1989 a los fines que se considere la amenaza de maltrato animal como violencia doméstica.
La Ley 57-2022 ya incluye el maltrato de animales y la amenaza de causarles daño como conductas constitutivas de violencia doméstica, pero no contempló incorporar dicha conducta delictiva en la definición de “violencia doméstica” contenida en la Ley 54.
“Como muy bien ha expresado nuestro más alto foro (judicial), en el contexto de las leyes penales, el debido proceso de ley exige como condición para su validez que las leyes sean claras y precisas. Por lo que la conducta que se pretende prohibir debe surgir de forma clara en el texto de la ley”, lee la exposición de motivos del proyecto, aprobado unánimemente.
Ninguna de estas medidas llevadas a votación fue considerada en vista pública.
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