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Gobierno describe como “arbitrario y caprichoso” intento de la Junta Fiscal de restringir la medición neta

Para la administración de Pedro Pierluisi, el organismo exagera el alcance de la ley que ordena extender los beneficios a los clientes del programa

27 de octubre de 2024 - 2:30 PM

Los paneles solares de techo recargan la batería del hogar durante el día. (GFR Media)
La administración de Pedro Pierluisi mantiene un pleito judicial en torno a la vigencia de la ley que extiende los beneficios de la medición neta. (GFR Media)

El gobierno de Puerto Rico, en su oposición a la sentencia sumaria que la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) solicitó para anular el estatuto que extiende los beneficios del programa de medición neta hasta 2031, arguyó que el organismo malinterpreta el alcance de la Ley 10-2024 y que, contrario a sus alegatos, no existe ninguna violación a los planes fiscales vigentes, toda vez que estos no consideran en sus cálculos cambio alguno al incentivo para los abonados que generan y exportan su propia energía.

Según el alegato que los abogados de la administración de Pedro Pierluisi sometieron el pasado miércoles al Tribunal de Título III creado por la ley Promesa, el intento de la JSF para anular la Ley 10 constituye un acto “arbitrario y caprichoso”, entre otros elementos, porque el ente fiscal celebró, hace cinco años, la Ley 17 de 2019, que extendió la vigencia del programa, que acredita a los clientes por la energía que exportan a la red eléctrica.

Asimismo, de acuerdo con el gobierno, la JSF se equivoca tanto cuando plantea que la Ley 10 impide que el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) realice cambios a la compensación que los clientes de medición neta reciben, como cuando afirma que estos “prosumidores” obtienen un crédito “uno a uno” por la energía que producen en exceso.

En ese sentido, el alegato de oposición a la sentencia sumaria argumenta que el estatuto –avalado unánimemente en el Senado y la Cámara de Representantes más temprano este año– “explícitamente preserva” la facultad del NEPR para ajustar las tarifas, y que solo dispone que, de aprobarse un cambio, se conceda un período de 12 meses antes que entre en vigor. Además, sostiene que –debido a los límites que están vigentes desde que se creó la medición neta en 2007– los participantes del programa que exportan más energía que la que consumen típicamente reciben un incentivo de 7.5 centavos por kilovatio hora (kWh) al final del año fiscal, cuando la tarifa residencial ronda los 25 centavos por kWh.

Mediante el recurso de sentencia sumaria que presentó en septiembre, la JSF pidió al tribunal que resolviera el caso a su favor sin que se requiriera un descubrimiento de prueba, argumentando que no existía controversia sobre los hechos en cuestión.

La administración de Pierluisi, en cambio, rebatió esa premisa, exponiendo que, “si bien la Junta critica los estimados, la Junta falla en explicar qué análisis sería necesario para demostrar la ausencia de impacto fiscal cuando la Ley 10 no tiene efecto alguno sobre el modelo financiero del plan fiscal del gobierno de 2023 y, simplemente, mantiene los mismos supuestos fiscales que subyacen el plan fiscal de 2023 de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE)”.

A través de la Ley 10, el gobierno ordenó al NEPR posponer hasta 2030 el estudio sobre la medición neta que, previamente, debía completarse para 2024. El análisis, una vez completado, sería discutido en vistas públicas y serviría para definir cambios a la compensación otorgada a los clientes del programa.

El gobierno, como han hecho otras partes interventoras en el caso judicial, ha puntualizado que fue el propio NEPR quien sugirió, en vistas públicas, fijar una fecha cierta para realizar el estudio.

Senado modifica postura

De otro lado, el Senado, que anteriormente había solicitado también una sentencia sumaria, aunque a favor de la Ley 10, argumentó, en pasados días, que existen “controversias significativas y genuinas de hechos materiales” que hacen que “una sentencia sumaria sea inapropiada en este caso”.

En la réplica al planteamiento de la JSF, el Senado sometió argumentaciones de múltiples expertos, incluyendo la de Steve Gabel, dueño de la firma que, en abril, publicó un estudio que enumera múltiples beneficios económicos y ambientales del programa de medición neta.

En el estudio de Gabel & Associates, se estimó que los beneficios derivados del incentivo cuadruplican el costo de los créditos, lo que descartaría la premisa, impulsada por la JSF, de que la medición neta supone una mayor carga tarifaria a los clientes sin acceso a sistemas propios de energía.

En tanto, la JSF presentó un escrito pidiendo a la corte que descartara la solicitud de sentencia sumaria del Senado, pero que acogiera la suya, toda vez que “la medición neta tiene un impacto evidente sobre los ingresos y gastos de la AEE, y la Ley 10 directamente impacta su responsabilidad fiscal y económica”.

El miércoles pasado, igualmente las organizaciones Sierra Club Puerto Rico y Solar United Neighbors sometieron un escrito como “amigos de la corte”, luego de que la magistrada Judith Dein denegara su pedido de participar como interventores del caso.

Entre sus argumentos, las entidades sin fines de lucro expresaron que, originalmente, se anticipaba que, para este año, la cartera de energía renovable del país rondara el 25%, lo que hubiera hecho razonable revisar la política pública respecto a la medición neta, pero que, ante los significativos retrasos en el desarrollo de fuentes limpias, correspondía posponer esos plazos.

“La medición neta es una de las pocas políticas que están facilitando una mayor generación de energía solar distribuida y almacenaje”, subrayaron.

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