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Juez desestima demanda del PIP por controversia con sobres con papeletas cuyos votantes no pueden ser identificados

La determinación de este caso era la principal ficha de tranque que había impedido que iniciara la certificación de ganadores de las elecciones generales

26 de diciembre de 2024 - 1:02 PM

También se mantiene en el tintero el resultado de la votación por nominación directa, que podría darle un escaño al activista ambiental Eliezer Molina al Senado por acumulación. (Ramon "Tonito" Zayas)

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El juez superior Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de San Juan, desestimó este jueves la demanda presentada por el comisionado electoral del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Roberto Iván Aponte Berríos, y la candidata de dicha colectividad en el precinto 4 de San Juan, Adriana Gutiérrez Colón, en la que solicitaron una revisión para que se revirtiera una determinación de la presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Jessika Padilla Rivera, que permitía adjudicar 147 votos emitidos en sobres por correo, sin que fuera posible identificar quién los emitió.

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La determinación de este caso era la principal ficha de tranque que había impedido que iniciara la certificación de ganadores de las elecciones generales del 5 de noviembre, a una semana de que juramente la nueva administración de gobierno.

“A tenor con lo anteriormente expuesto, se declara Ha Lugar las mociones de desestimación presentadas. En su consecuencia, se dicta sentencia desestimando el recurso presentado por falta de jurisdicción”, sentenció el juez Cuevas Ramos, en referencia a las mociones de desestimación que presentaron el Partido Nuevo Progresista (PNP) y la CEE.

El pleito judicial estuvo ante el juez Cuevas Ramos desde el 6 de diciembre, cuando Aponte Berríos y Gutiérrez Colón presentaron la demanda.

En una orden emitida en la mañana de este jueves, el juez Cuevas Ramos había informado que “el asunto quedó sometido para adjudicación a partir del pasado viernes, 20 de diciembre de 2024″. Eso, en respuesta a una moción informativa que presentó el comisionado electoral del PNP, Aníbal Vega Borges, el sábado.

“El art. 13.2 de la Ley Electoral de Puerto Rico de 2020 dispone que la parte promovente tiene que notificar a todas las partes afectadas simultáneamente, pues el ‘así como’, es directivo y no alternativo. Nótese, ‘La parte promovente tendrá la responsabilidad de notificar dentro de dicho término copia del escrito de revisión a través de la Secretaría de la Comisión, así como a cualquier otra parte adversamente afectada, dentro del término para recurrir al Tribunal’. No hay duda de que la Recurrente no cumplió con lo allí dispuesto. La falta de notificación a la parte adversamente afectada nos quita jurisdicción en el asunto”, determinó Cuevas Ramos.

“Le correspondía a la Recurrente, dentro del término jurisdiccional de 10 días, notificar a los otros candidatos por el Distrito Representativo núm. 4, quienes son una parte indispensable en la controversia de marras, ya que, de declararse Ha Lugar el recurso incoado, podrían verse afectados. En vista de que carecemos de jurisdicción en el caso, no podemos entrar a dilucidar el resto de los planteamientos en la moción dispositiva”, agregó.

Más temprano, el comisionado electoral de Proyecto Dignidad, el licenciado Juan Manuel Frontera Suau, estimó que el pleito tocaba 80 maletines, mas no así una cantidad sustancial de papeletas. Además, opinó que la sentencia del tribunal no tendría un impacto en el resultado de la contienda, particularmente en el caso del precinto 4 de San Juan.

Hasta las 3:53 p.m. de este jueves, el portal de la CEE con resultados del escrutinio general mostraba que Víctor Parés, del PNP, mantenía la delantera en el precinto 4 de la capital con 11,027 votos, mientras Gutiérrez Colón tenía 10,818 tantos, lo que supone una diferencia de 209 votos.

Por otro lado, otro factor que se mantenía en el aire era una demanda presentada por la comisionada electoral del Partido Popular Democrático (PPD), la licenciada Karla Angleró, para reclamar que se contaran las papeletas de voto a domicilio de Lares. Frontera Suau explicó que el Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó el recurso de certiorari. No fue posible obtener comentarios de Angleró.

Este jueves, ha sido mínimo el movimiento de voluntarios en la sede del escrutinio general. Muchos de los funcionarios en el Centro de Operaciones Electorales –así como Vega Borges– vestían un abrigo azul con las palabras “equipo electoral” bordadas al lado izquierdo en representación del PNP, y una de las insignias que utilizó la campaña de la gobernadora entrante Jenniffer González. Mientras, en el piso, comenzaron a desmotar las mesas donde se abrieron los maletines desde el pasado 12 de noviembre.

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