La defensa del exalcalde de Guaynabo presentó varios argumentos en su informe de apelación ante el Primer Circuito en Boston
La defensa del exalcalde de Guaynabo presentó varios argumentos en su informe de apelación ante el Primer Circuito en Boston
30 de diciembre de 2024 - 10:25 AM
La defensa del exalcalde de Guaynabo Ángel Pérez alegó que fue “entrampado” por las autoridades federales en el caso que lo llevó a una sentencia de cárcel de cinco años.
El argumento fue presentado la semana pasada ante el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston.
“El alcalde Pérez fue entrampado después de que el FBI lo persiguió y lo indujo indebidamente a aceptar sobornos y pagos extorsionados, mezclando esos pagos con contribuciones a campañas políticas, en ausencia de la predisposición del alcalde Pérez a participar en tal conducta ilegal”, indica la moción firmada por el abogado José Olmo Rodríguez.
Aunque en el pasado la defensa de Pérez solicitó en más de una ocasión la desestimación del pliego acusatorio, es la primera vez que alega un entrampamiento.
No obstante, durante una conferencia, horas después al arresto de Pérez el 9 de diciembre de 2021, el jefe de la Fiscalía federal, Stephen Muldrow, negó esa posibilidad.
“Este no es un caso de entrampamiento, punto”, acotó Muldrow. “Ese es el trabajo de la defensa. Si decide ir a un juicio, donde se presente ese tipo de información”.
El documento planteó que la situación se remonta al momento en que se presentó la evidencia al gran jurado que emitió la acusación, porque supuestamente alegaban que “solo” se trató de “contribuciones a campaña política”.
Olmo sostuvo que en ese momento la Fiscalía le hacía falta el elemento de un acuerdo explícito o “quid pro quo” entre Pérez y el empresario Oscar Santamaría - también convicto actualmente - porque es un requisito solicitado por el Tribunal Supremo de Estados Unidos.
“Para evitar ese defecto”, agregó el abogado, la Fiscalía federal lo “excluyó” del pliego, acusando a Pérez de otra ofensa.
“Debido a la incongruencia entre el testimonio del gran jurado y la acusación formal, la acusación formal fue defectuosa y debió haber sido desestimada. Este defecto afectó a todo el proceso”, planteó.
El abogado señaló que, según el Ministerio Público, Pérez no fue procesado por contribuciones políticas entre finales de 2019 y mayo de 2021, sino por los pagos que le hiciera Santamaría a Pérez cuando ya estaba en colaboración con el FBI, grabando las transacciones dentro de un vehículo habilitado con cámaras por los agentes.
“Sin embargo, desde los argumentos iniciales la Fiscalía caracterizó, no sólo los tres pagos del FBI, sino también los pagos recibidos entre finales de 2019 y mayo de 2021, como parte de los sobornos y extorsiones imputados, y no como contribuciones a campañas políticas, como había declarado previamente ante el tribunal de distrito”, planteó.
Asimismo, denunció que para subsanar la alegada falla de contar con un “quid pro quo”, el Ministerio público presentó el “testimonio impropio” del exalcalde de Cataño Félix “El Cano” Delgado para declarar sobre sus “prácticas corruptas”, incluyendo “recibir sobornos y extorsiones de Santamaría”, y cómo “manipulaba la Junta de Subastas”.
Señaló que por esa misma razón presentaron fotografías de Pérez “compartiendo socialmente con miembros de la Junta de Subastas de Guaynabo, “para engañar al jurado para que especulara sobre una intención corrupta”.
También apuntó que el Tribunal de Distrito en San Juan “aumentó la confusión” al instruir al jurado que hubo testimonio sobre que el alcalde Pérez tenía la intención de que parte del dinero no fuera para contribuciones a campañas políticas, “cuando no existía tal testimonio”.
“Todas estas incongruencias confundieron al jurado y lo llevaron a condenar al alcalde Pérez sin evidencia de un acuerdo corrupto explícito entre Santamaría y el alcalde Pérez”, argumentó el abogado.
Mientras, el informe de apelación incluyó la alegación de que el derecho de Pérez a un jurado imparcial “fue violado” porque, tras descubrir que “dos jurados no revelaron una prejuicio desfavorable en su contra - “lo que resultó en su eliminación del jurado - el Tribunal de Distrito “no realizó una investigación específica e individual sobre el asunto con los jurados restantes para asegurar que no había otros jurados prejuiciados”.
Finalmente, el abogado de la defensa también apeló la sentencia dictada por la jueza Aida Delgado contra el exfuncionario.
“La sentencia fue irrazonable porque resultó en una disparidad injustificada porque el alcalde Pérez fue sentenciado a 63 (de cárcel), cuando otros acusados en situaciones similares fueron sentenciados a 23 meses”, apuntó Olmo.
El licenciado señaló que la condena fue fijada como “resultado de un cálculo de las guías (de sentencia) que incluyó unos agravantes inaplicables”.
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