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Defensa de Mayra Nevárez impugna informe que no recomienda restricción domiciliaria

Los abogados buscan que la mujer no tenga que cumplir su condena tras las rejas por causar el accidente en el que murió Justin Santos Delanda y resultó gravemente herido el joven Keven Monserrate Gandía

30 de enero de 2025 - 1:39 PM

Mayra Nevárez Torres (abrigo azul) está representada por el abogado Ramón Nevárez Andino (izquierda). (alex.figueroa@gfrmedia.com)

La defensa de Mayra Nevárez Torres impugnó el informe presentencia del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) que determinó que la convicta no cualifica para una sentencia de restricción domiciliaria por causar el choque resultó en la muerte Justin Santos Delanda, hermano del reguetonero Arcángel.

En el mismo incidente vehicular, reportado el 12 de noviembre de 2021, en el puente Teodoro Moscoso, un joven identificado como Keven Monserrate Gandía resultó gravemente herido.

Antes de que la jueza Wanda Cruz Ayala dictara sentencia en el Tribunal de San Juan, el abogado de la defensa, Ramón Nevárez Andino, argumentó extensamente para tratar de demostrar que el informe contiene elementos que apuntan a que sí cualifica para extinguir su condena en su residencia.

Fuera de la sala, el abogado dijo que la impugnación se debe a que entienden que el fallo de culpabilidad contra su cliente, por causar la muerte de alguien en un choque vehicular bajo los efectos del alcohol, no conllevan una sentencia de cárcel mandatoria.

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La Fiscalía probó que la mujer le causó la muerte al joven Justin Santos Delanda mientras conducía contra el tránsito y en estado de embriaguez.

“Eso no es así. Es totalmente incorrecto”, sostuvo el abogado al indicar que existen precedentes judiciales en ese sentido, incluyendo dos en la región judicial de Mayagüez.

“Esa posición de la fiscalía, de que la cárcel es mandatoria y que es la única pena que puede imponer el tribunal, es totalmente incorrecto”, recalcó.

Durante la argumentación en la sala judicial, el abogado buscaba confrontar a la técnico sociopenal Iris Otero con el lenguaje que usó para concluir que no merecía la restricción domiciliaria, por entender que es contradictorio a los elementos que evaluó.

Uno de los momentos más contenciosos surgió cuando el discutieron el señalamiento que hizo la funcionaria en su informe en el sentido de que le había ocultado información.

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Esto fue lo que expresó la madre de Arcángel tras salir de una vista por la muerte del joven, quien falleció en un accidente de tránsito en el puente Teodoro Moscoso.

Se debía a que durante la entrevista que le hizo, la convicta le indicó que no recordaba nada de la noche de los hechos desde el momento en que se montó en su vehículo. La oficial apuntó que aquella noche le dijo a una trabajadora social que en el trayecto había montado en su vehículo a un amigo.

El abogado preguntó insistentemente hasta que la testigo especuló que quizás a la entrevistada se le pudo haber olvidado en ese momento.

Otro momento de mucha discusión fue por el término que usó en el informe, indicando que no estaba arrepentida por lo que había hecho.

La defensa ripostó indicándole que por tener oportunidad de apelar el fallo de culpabilidad, tal expresión pudiera afectarle. No obstante, el abogado leyó en sala un informe de una sicóloga a quien le manifestó “sentimientos de culpa, arrepentimiento y una profunda tristeza”.

En medio del intercambio, la técnico sociopenal logró indicar que la evaluación llegó a la conclusión de no restricción domiciliaria debido a que la ley indica que cualquier persona convicta por ese delito, con más de ocho años de cárcel, tiene que cumplir cárcel.

Antes de que comenzara la vista, el fiscal Edmanuel Santiago dijo que “la ley dice reclusión”.

“La pena es para cumplirla en cárcel. Lo expresamos antes y nos mantenemos en eso”, afirmó. “La pena es de 15 años de reclusión. Así lo dice la ley”.

La jueza decretó un receso de almuerzo. Nevárez Andino reanudaría el interrogatorio a partir de la 1:45 p.m. Después será el turno de la fiscalía. Posterior a otros turnos, le tocaría a la jueza dictar sentencia.

Según los cargos, Nevárez Torres conducía su guagua Hyundai Tucson, color gris, en contra del tránsito y bajo los efectos de bebidas embriagantes al momento del choque.

La acusación denunció que Nevárez Torres impactó el vehículo todoterreno Can-Am donde viajaban Santos Delanda y Monserrate Gandía. A causa del impacto, Santos Delanda murió y Monserrate Gandía sufrió heridas de gravedad, por lo que fue transportado al Centro Médico en Río Piedras.

Mientras, Nevárez Torres fue transportada hasta el Hospital de la Universidad de Puerto Rico Dr. Federico Trilla, en Carolina, donde se le realizó una prueba de alcohol en la sangre y arrojó resultado de .29%. La muestra fue analizada en un laboratorio a cargo del Departamento de Salud.

Nevárez Torres fue encontrada culpable por la jueza el pasado 12 de septiembre.

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