Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.
Señalan vista en caso de divorcio entre Daddy Yankee y su esposa Mireddys González

La audiencia tendrá lugar el 10 de enero de 2025 ante la jueza Eva S. Soto Castelló del Tribunal de Carolina

31 de diciembre de 2024 - 12:21 PM

A prinicipios de diciembre, el artista anunció que se divorciaba de su esposa. (Alejandro Granadillo)

La jueza Eva S. Soto Castelló, del Tribunal de Primera Instancia de Carolina, citó para el 10 de enero de 2025 una vista en el caso de divorcio entre el artista Daddy Yankee y su esposa Mireddys González Castellanos.

---

Read this article in English.

---

Del expediente civil del caso por “ruptura irreparable” se desprende que la vista de “juicio en su fondo/evidenciaria” está pautada para comenzar a las 10:00 a.m., en el salón 301, del centro judicial.

Debido a que los procesos de divorcios son confidenciales, no hay mayores detalles sobre el caso, contrario a lo que sucede en el otro pleito por las corporaciones El Cartel Records y Los Cangris, en el Tribunal de San Juan.

De hecho, la jueza emitió el 18 de diciembre una orden de mordaza, un detalle que salió a la luz pública debido a una moción que presentó la defensa de González Castellanos en el otro caso radicado en San Juan.

En este caso, Ramón Luis Ayala Rodríguez, nombre de pila del artista urbano, es representado por la licenciada Heileene P. Colberg Birriel. Mientras, la abogada Pilar Pérez Rojas representa a González Castellanos.

Al explicar lo que sucede en este tipo de vistas, el licenciado Manuel Quilichini precisó que, “cuando se trata de una contienda civil, se llama juicio en su fondo. Así que hay una vista en su fondo sobre algo, que puede ser el divorcio, puede ser una liquidación. Es una vista donde se va a recibir testimonios y documentos”.

En declaraciones a El Nuevo Día, el expresidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico añadió que “los casos de familia son confidenciales”. “Eso es por ley y ha sido la práctica. Para esas vistas, no puede entrar nadie que no sea directamente la familia”, dijo.

Cuestionado sobre si en la misma vista se puede discutir sobre repartición de bienes, el licenciado explicó que “depende del tipo de vista que sea. Por ejemplo, puede haber una vista de divorcio donde haya el divorcio y la liquidación de bienes”.

“El divorcio, usualmente, no requiere mucha vista, porque son dos o tres preguntas, pero en la liquidación requiere pasar prueba. Así que, puedes tenerlo todo en una sola vista. Puede ser un divorcio con liquidación. Eso lo determina el juez a base de la complejidad del caso”, puntualizó Quilichini.

El pasado 2 de diciembre, Daddy Yankee confirmó que inició el proceso de divorcio, tras 29 años de relación. Además, reveló que llevaba meses intentando salvar su matrimonio, fruto del cual nacieron dos de sus hijos: Jeremy Ayala y Jesaaelys Ayala.

Mira lo primero que hizo Daddy Yankee tras llegar a un acuerdo con Mireddys en el tribunal

Mira lo primero que hizo Daddy Yankee tras llegar a un acuerdo con Mireddys en el tribunal

En video, esto fue lo que dijo el reguetonero boricua sobre su proceso de divorcio.

Qué sucede en los procesos de divorcios

En Puerto Rico, la ley permite que las personas disuelvan su matrimonio mediante dos tipos de divorcio: consentimiento mutuo o ruptura irreparable de los nexos de convivencia matrimonial.

De acuerdo a la información disponible en la plataforma digital del Poder Judicial, un divorcio por ruptura irreparable significa que una o ambas partes interesan terminar el matrimonio por diferencias irreconciliables.

En los casos de divorcio por ruptura irreparable, se pueden celebrar vistas ante el Tribunal, detalla el Poder Judicial.

Durante la audiencia, la jueza “se asegurará que la solicitud de divorcio –por diferencias irreconciliables entre las partes que ha roto el vínculo matrimonial– es una libre y voluntaria, y que ninguna de las partes ha sido obligada a ello, sea por la otra persona cónyuge o un tercero”.

En la vista, no hay que entrar en detalles de responsabilidad o culpabilidad del divorcio por alguna.

“En esta vista, se le da fin al matrimonio sin entrar en la liquidación de la sociedad legal de gananciales que se convierte en una comunidad de bienes. Para liquidar la comunidad, las partes deben presentar otro pleito distinto al divorcio y, si el Tribunal lo considera necesario, proveer un inventario y un avalúo de los bienes”, detalla el Poder Judicial.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: