La jueza María Z. Trigo Ferraiuoli, del Tribunal de Bayamón, le impuso 13 años bajo probatoria. Mientras, el convicto pidió perdón a la familia de la víctima
La jueza María Z. Trigo Ferraiuoli, del Tribunal de Bayamón, le impuso 13 años bajo probatoria. Mientras, el convicto pidió perdón a la familia de la víctima
12 de noviembre de 2024 - 10:27 AM
La jueza María Z. Trigo Ferraiuoli, del Tribunal de Bayamón, sentenció a Melvin Camilo Matthews Medina a cumplir dos años en prisión y 13 en libertad bajo probatoria por haber ocasionado el accidente de tránsito en el que murió Lara Camila González Ortiz y resultó gravemente herido Félix J. Quiñones Rosario.
Durante la vista para dictar sentencia, celebrada en la sala 604, Trigo Ferraiuoli explicó que el informe presentencia recomendaba que el convicto fuera sentenciado a libertad bajo probatoria, ya que el accidente de tránsito ocurrió cuando este tenía 19 años. Sin embargo, la letrada determinó que sería una sentencia fraccionada.
“Quiero pedirle disculpas a la familia de Lara Camila, a las amistades de Lara, por ocasionar tanto sufrimiento en consecuencia de un acto mío. Quiero pedirle disculpas a mi familia por hacerles pasar por todo esto”, expresó Matthews Medina, quien se declaró culpable el 23 de septiembre por el accidente.
Precisamente, la jueza indicó que, a pesar de que Matthews Medina pidió disculpas, se declaró culpable y es primer ofensor, no podía ignorar que el convicto tuvo un “menosprecio craso” a la vida, al abandonar la escena pese a que había personas gravemente heridas.
“Este ha sido un caso bien difícil para el tribunal en términos de unos hechos bien lamentables y es bien difícil estar en esta posición en la que estamos en el día de hoy, pero esta es nuestra responsabilidad y la asumimos con plena confianza”, expresó la jueza, mientras familiares de la víctima lloraban en sala.
Además de la sentencia fraccionada, Trigo Ferraiuoli le impuso al convicto pagar tres multas que suman $3,000 y penas especiales de $300 por cada cargo grave y $100 por cada cargo menos grave, cuyo dinero será destinado al Fondo de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito, adscrito al Departamento de Justicia.
La jueza acogió la petición que hizo el abogado Juan Ojeda Arnau, representante legal de Matthews Medina, para tener un término de 60 días para pagar las multas y penas especiales. Empero, la letrada dejó claro que, por cada día en atraso, después de transcurridos los 60 días, al convicto se le sumará un día adicional en prisión.
Al abundar sobre las condiciones de probatoria, la jueza detalló que Matthews Medina tendrá que participar del Programa de Servicios Especializados para Vías Libres de Alcohol y Sustancias (SEVAS) y tomar unos cursos de la Administración de Servicios de Salud y Contra la Adicción (ASSMCA) para convictos por casos de embriaguez.
De igual manera, deberá participar del Panel de Impacto de Víctimas, que ofrece también ASSMCA, para personas de 18 años o más que han sido sentenciados por haber violado el Artículo 7.02 y/o 7.03 de la Ley 22-2000 de Vehículos y Tránsito por manejar un vehículo de motor bajo los efectos de bebidas embriagantes.
“Va a tener que completar estudios y mostrar evidencia, tendrá supervisión electrónica y lockdown, excepto para tratamientos y estudios, con previa autorización del tribunal”, dijo la jueza, quien ordenó al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) a rendir un informe actualizado sobre el convicto, seis meses antes de que empiece a cumplir la probatoria.
“Aquí hay dos familias cuyas vidas han cambiado para siempre y ninguna va a volver a ser la misma, pero hay una familia que nunca va a poder tener de vuelta a su ser querido”, agregó la jueza, quien denegó la moción de reconsideración de sentencia que presentó la defensa para librar de la cárcel al convicto.
En ese sentido, Ojeda Arnau argumentó que todas las entrevistas que hizo el DCR para rendir el informe presentencia favorecen a su representado y que lo único negativo que se destaca en el documento son unas multas de tránsito. “Sabemos que es un caso de prensa, que ha estado en la palestra pública”, dijo el licenciado.
Matthews Medina enfrentaba siete cargos por infringir la Ley 22-2000 de Vehículos y Tránsito, particularmente los artículos 4.02, 5.07, 7.01, y 7.06 (2 cargos). Este último artículo penaliza a un conductor por ocasionar la muerte a una persona y fija una pena de 15 años de prisión.
“El pueblo debe de entender que situaciones como estas no deben surgir más y las personas involucradas tienen que hacerse responsables de sus actos porque han dejado una familia incompleta, triste, aun confiados en Dios, pero falta alguien en nuestra casa y tenemos que hacerle justicia”, dijo la madre de la víctima, Johanna Ortiz, en declaraciones a la prensa.
Tras conocer la sentencia, Ortiz destacó que estaba complacida con la decisión de la jueza. “(Estamos) contentos, llorando de alegría... Somos personas humildes que solamente estábamos buscando que a mi hija se le hiciera justicia. Dios tiene el control de todo. Podemos confiar en el sistema porque existen jueces buenos”, dijo.
Asimismo, el padre de la víctima, Nestor González, considera que las disculpas del convicto no fueron sinceras. “Claro que no, en ningún momento. Dos añitos son dos navidades. Nosotros no vamos a tener navidades con la hija de nosotros y mira como él (el papá del convicto) salió por ahí diciendo que si estábamos contentos, claro que estoy contento”, mencionó.
Con estas declaraciones, González se refirió a un incidente que ocurrió mientras la familia de la víctima atendía a la prensa a las afueras de la sala judicial. En ese momento, una reportera se dirigió al padre del convicto para obtener una reacción tras la sentencia, pero este solo exclamó en voz alta: “¿Están contentos?“.
En tanto, Jenniffer Rivera, madre de la joven Natalia Nicol Ayala Rivera, destacó, a preguntas de la prensa, que “se le hizo justicia gracias a Dios a Lara, que eso era lo que yo estaba esperando, igual que su mamá. A la mía no se le hizo (justicia) al momento. Hubiese querido que esa jueza fuera la de mi hija. Ellos no van a tener a su hijo en dos años, pero Lara Camila nunca va a estar”.
Ayala Rivera murió en un accidente de tránsito provocado por Carlos Julián Maldonado Dávila, quien fue sentenciado por la jueza Nerisvel Durán a 10 años en probatoria, pero la Oficina del Procurador General, adscrita a Justicia, recurrió al Tribunal de Apelaciones y un panel de tres jueces revocó la pena e impuso dos años en prisión y ocho años en probatoria.
Sin embargo, Maldonado Dávila se encuentra en la libre comunidad, ya que apeló la determinación y la controversia escaló hasta el Tribunal Supremo de Puerto Rico, donde ha sufrido dos revés judiciales. Actualmente, se espera que se lleve a cabo la vista de resentencia para que Durán lo condene nuevamente.
Por su parte, el fiscal Carlos J. Rodríguez Rodríguez, junto al fiscal Roberto Hernández Ramos, expresó que no tenían reparos con lo que disponía el informe presentencia, que ordenaba cumplir la pena completamente en libertad bajo probatoria.
“Nosotros desde el día uno habíamos dicho que, si el informe venía positivo (para el convicto, en términos de que no cumpliera cárcel) y entendíamos que estaba bien redactado, nosotros no íbamos a impugnar el informe”, dijo Rodríguez Rodríguez a la prensa.
En comunicado de prensa, el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, indicó que “Lara Camila y Félix J. Quiñones Rosario merecen que se les haga justicia y este siempre fue nuestro norte. Nuestra total solidaridad con los familiares y seres queridos de las víctimas”.
Asimismo, la jefa de los Fiscales, Jessika Correa González, destacó que espera que este caso sirva de disuasivo para los que violentan la ley.
“Finalmente se hizo justicia para Lara Camila González. Esperamos que su familia y allegados tengan paz y puedan sanar el dolor que han sufrido por la conducta negligente de un joven que no midió las consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol”, comentó Correa González.
De igual manera, la directora de la Unidad de Procesamiento de Conductores Ebrios (UPCE), la fiscal Jimara Gabriel Maisonet, recordó que en este caso no había prueba de alcohol y dicha unidad pudo demostrar más allá de duda razonable que “puede haber convicción”.
“Es importante que la ciudadanía sepa que, aunque las personas se nieguen o abandonen la escena a no significa que no se le pueda procesar por conducir bajo los efectos de las bebidas embriagantes”, dijo la fiscal, quien exhortó a la ciudadanía a que “cuando estén haciendo uso de bebidas embriagantes que no conduzcan y pasen la llave”.
Conforme a la investigación de los agentes de la Policía, Carla Sáenz Ramírez y Jonathan López Soto, los hechos en este caso se remontan a las 10:20 p.m. del 7 de septiembre de 2023, cuando se reportó el accidente en la carretera PR-686 del barrio Yeguada, en Vega Baja.
Matthews Medina conducía un vehículo Ford Mustang color blanco de manera negligente, temeraria y en estado de embriaguez cuando perdió el control del volante e impactó unos bancos de cemento y un poste del alumbrado, según la pesquisa de la Policía.
Tras el impacto, González Ortiz, quien viajaba como pasajera en el asiento posterior, salió expulsada del vehículo y cayó en la carretera. Debido a las heridas recibidas, la joven falleció en el lugar, mientras Quiñones Rosario quedó pillado en la parte frontal del auto.
En tanto, Matthews Medina resultó ileso y abandonó la escena del accidente. Sin embargo, el 12 de octubre de 2023, un mes después de que ocurrió el incidente, la Fiscalía de Bayamón radicó cargos contra el joven y se le impuso una fianza de $25,000, la cual prestó.
En resumen, Matthews Medina enfrentaba cargos criminales por haber ocasionado un choque fatal, conduciendo de manera imprudente y en estado de embriaguez, que resultó en la muerte de González Ortiz, y causó grave daño corporal a Quiñones Rosario.
También se le sumaron cargos por abandonar el lugar del accidente teniendo como agravante que una persona falleció y otra resultó herida; por causar heridas mutilantes al conducir de forma negligente y bajo estado de embriaguez; y por daños a la propiedad.
Durante el juicio trascendió que, el día de los hechos, Matthews Medina salió temprano de su trabajo en el restaurante Costa Sur, por lo que decidió ir al negocio Las Palmas, en Manatí, donde ingirió alcohol. Luego, junto a un grupo de jóvenes, se movilizó al negocio La Curvita.
Según el testimonio de Quiñones Rosario -el pasajero que resultó herido en el choque-, en el negocio estuvieron hablando sobre autos y, posteriormente, Matthews Medina y él “probaron” el vehículo Ford Mustang, que era de un amigo, ocurriendo el desenlace fatal.
En el proceso judicial, para probar que Matthews Medina estaba borracho, la fiscalía sentó a declarar al químico industrial Salvador Fabres Rivera, quien hizo un cálculo para sacar un aproximado del porcentaje de alcohol en la sangre que pudo haber tenido el convicto.
Fabres Rivera se basó en la cantidad de tragos y cervezas que Matthews Medina ingirió el día de los hechos, así como el peso del acusado. Según trascendió en sala, Matthews Medina consumió tres tragos “black sour” confeccionados con whiskey y una cerveza Michelob.
“En base al primer cálculo, tomando en consideración que la persona pesaba 173 libras, el resultado es de .12%, casi .13% (de alcohol en la sangre). Con el segundo cálculo, basado en el peso que le dijo el acusado a la Policía, que era de 190 libras, pues es .11%, casi .12%”, mencionó.
Sin embargo, Fabres Rivera indicó que, a los mencionados datos, se les debe restar el período transcurrido desde que el convicto ingirió las bebidas alcohólicas hasta la hora en que ocurrió el accidente fatal. “Se le restó unas cuatro horas y media. O sea, .049%”, aseveró el testigo.
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