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Tribunal declara inconstitucional el requisito de colegiación obligatoria de ingenieros y agrimensores

El Colegio de Ingenieros y Agrimensores señaló que discrepan con la jueza superior y evaluarán su próxima acción legal

17 de junio de 2020 - 7:07 PM

Nota de archivo
Esta historia fue publicada hace más de 4 años.
La Ley 319 del 1938 dispone que toda persona que se dedique a la práctica de la ingeniería y la agrimensura en Puerto Rico tiene que estar afiliado al Colegio de Ingenieros y Agrimensores. (Shutterstock)
La Ley 319 del 1938 dispone que toda persona que se dedique a la práctica de la ingeniería y la agrimensura en Puerto Rico tiene que estar afiliado al Colegio de Ingenieros y Agrimensores. (Shutterstock)

La jueza superior del Tribunal de San Juan Iris Cancio González declaró inconstitucional el requisito de la colegiación obligatoria de los ingenieros y agrimensores para ejercer la profesión en la isla, al declarar ha lugar una demanda de ocho profesionales contra el gobierno y el Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico (CIAPR).

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