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Tribunal deja sin efecto orden para que abogados de Daddy Yankee interroguen a su esposa y cuñada

El juez Antony Cuevas sostuvo que las demandadas entregaron un documento que cumple con el propósito del pleito corporativo radicado por el cantante de música urbana

10 de febrero de 2025 - 11:46 AM

El juez indicó que Daddy Yankee había presentado una demanda para tener acceso a la información financiera de las corporaciones. Como parte del proceso judicial pasó a ser presidente. (Alejandro Granadillo)

El juez Antony Cuevas Ramos dejó sin efecto la citación para que los abogados de Ramón Ayala Rodríguez, conocido como Daddy Yankee, interroguen a su esposa Mireddys González Castellanos y su hermana, como parte del pleito legal sobre las corporaciones “El Cartel Records” y “Los Cangris”.

En una orden emitida este pasado 8 de febrero, Cuevas Ramos indicó que descartó la deposición confidencial tras analizar la “carta general” entregado por las demandadas.

Señaló que el documento “cumple con el objetivo principal” de que Daddy Yankee pueda “lograr la transición deseada” al pasar a ser presidente de las corporaciones, como habían acordado las partes.

Tras recordar que la demanda era para que el cantante - como accionista - tuviera acceso a los libros de las corporaciones, el juez concluyó que “lo relacionado a la causa de acción presentada en esta sala se tornó académico tan pronto el demandante advino a ser el Presidente de las corporaciones”.

Recordó que “dado el cambio de administración en las entidades corporativas, las partes acordaron que, para lograr una sana transición entre ambas administraciones, se entregue un documento en el que se divulgue los asuntos corporativos pendientes. A esos fines, el demandante le proveyó a la demandada un modelo de Carta gerencial”.

Entonces, destacó que “la Carta gerencial, suscrita bajo juramento por las demandadas, incluye toda la información conocida sobre los asuntos pendientes y otras instancias adicionales sobre el manejo de las corporaciones bajo su presidencia. La información allí suministrada, bajo juramento, contiene todo lo necesario para que el demandante pueda continuar con el manejo de las entidades corporativas”.

“No nos parece correcto pensar que la demandada, quien es accionista, no cumpla con su palabra de aclarar o contestar cualquier duda que surja durante la operación de estas entidades. No hacerlo pudiera afectar su propio patrimonio”, apuntó.

Agregó que “la deposición no es parte de los acuerdos bajo los cuales se dictó la Sentencia. Dicha deposición se estipula con miras a buscar alternativas, en caso de que la información provista en la carta gerencial no fuera suficiente o resultara confusa o no creíble, lo que podría ocasionar una transición desordenada”.

“Después de todo, el propósito principal ha sido que las entidades corporativas puedan continuar operando en medio de una transición correcta. Es decir, evitar que el cambio de mando paralice las operaciones ocasionando pérdidas económicas o contractuales, los cuales pudieran afectar otros corporativos”, expuso.

“Por lo tanto, nos reiteramos en que la celebración de la deposición confidencial, a pesar de haber sido acordada entre las partes, resulta innecesaria. Las demandadas han declarado bajo juramento que toda la información divulgada y los documentos entregados son los que obraban en su poder, por lo que, en estos momentos no tienen nada más que informar o divulgar”, acotó.

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