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Tribunal Supremo no valida las candidaturas de cuatro aspirantes del Movimiento Victoria Ciudadana

La determinación del máximo foro judicial solo permite la candidatura de Ana Irma Rivera Lassén

10 de junio de 2024 - 1:57 PM

El pleito comenzó a principios de este año, cuando aspirantes del PPD alegaron que los candidatos del MVC impugnados, incluida la senadora Ana Irma Rivera Lassén, en la foto, violaron el Código Electoral al no recoger endosos para sus candidaturas. (Carlos Giusti/Staff)

El Tribunal Supremo ordenó este lunes descalificar a los aspirantes del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) a escaños por acumulación en la Legislatura Mariana Nogales Molinelli, Gladys Myrna Conty, Rafael Bernabe Riefkohl y Alejandro Santiago Calderón, pero mantuvo la candidatura a comisionada residente en Washington de Ana Irma Rivera Lassén para las elecciones generales del 5 de noviembre.

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En una opinión dividida de 5-3, el más alto foro judicial del país advirtió, además, que, con su determinación, los candidatos descalificados no dejan una vacante, por lo que no podrán ser sustituidos en el puesto electivo al que aspiraban.

“Procede descalificar a los recurridos de sus aspiraciones a distintos puestos electivos para las elecciones de 2024. Esto se da por no cumplir con el requisito de presentación de peticiones de endosos, en vista de que el partido MVC no los certificó como candidatos únicos a los puestos políticos que aspiraban al mediodía del 30 de diciembre de 2023, según lo exige el Artículo 7.15 del Código Electoral 2020 y la Sección 3.1 del Reglamento para la radicación de candidaturas de los partidos políticos y candidaturas independientes”, indica la opinión del Tribunal Supremo, emitida por el juez asociado Erick Kolthoff Caraballo.

La jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez, así como los jueces asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez, emitieron opiniones disidentes.

Al abordar la situación particular de la candidatura de la senadora Rivera Lassén, el Tribunal Supremo planteó que la carrera por ese puesto había sido impugnada por la doctora Marigdalia Ramírez Fort, quien aspiraba al cargo de comisionada residente por el Partido Nuevo Progresista (PNP), pero no completó el recogido de endosos. El Tribunal de Primera Instancia le había reconocido legitimación activa para intervenir en el caso y exponer sus argumentos en contra de que se validara la candidatura de Rivera Lassén, pero esa decisión fue revocada en el Tribunal de Apelaciones.

“La doctora Ramírez Fort no recurrió de la sentencia del Tribunal de Apelaciones. Por lo tanto, la determinación del foro apelativo intermedio advino final y firme en cuanto a la senadora Rivera Lassén”, determinó el Tribunal Supremo

“Así las cosas, y en vista de que ninguno de los peticionarios, como aspirantes a representantes y senadores por acumulación, tiene un derecho adversario que se haya visto agraviado por las actuaciones de la senadora Rivera Lassén, quien aspira al cargo de comisionada residente, no tienen legitimación activa para solicitar, al amparo del Art. 7.5 del Código Electoral de 2020, supra, la descalificación de esta”, agrega la opinión.

El 30 de abril, el Tribunal de Apelaciones revocó la determinación del Tribunal de Primera Instancia, y permitió a los aspirantes del MVC aparecer en la papeleta.

Analizan alternativas

Mediante un comunicado de prensa, Victoria Ciudadana condenó la decisión del Supremo y la catalogó de “antidemocrática”.

“Seguiremos explorando todas las vías legales y democráticas a nuestra disposición para asegurar que la gente pueda votar por nuestras candidaturas y se le garantice al país su derecho a tener alternativas electorales. La lucha por un Puerto Rico mejor continúa, y no descansaremos hasta lograr un sistema electoral que refleje verdaderamente la voluntad del pueblo”, manifestó Rivera Lassén, coordinadora general del partido.

De paso, la también senadora convocó a una manifestación este martes, a las 9:30 a.m., frente a la sede de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), en Hato Rey.

Precisamente, sobre la CEE, en la opinión, el juez Kolthoff Caraballo eximió al organismo electoral de haber inducido a “error” a los aspirantes del MVC, según alegaron los demandados, que plantearon que no se les había informado u orientado de que necesitaban recoger endosos a pesar de haber optado por un método alterno para seleccionar sus candidatos.

Nos resulta claro que la CEE no cometió error alguno en la notificación. Esto es así porque tal notificación incluye toda la información que aplica a todo tipo de aspirante. Aun así, es alto conocido que los errores administrativos no crean derechos y pueden ser corregidos por el Estado en cualquier momento”, escribió el juez asociado respecto a la notificación que recibía cualquier aspirante al radicar su candidatura, que leía: “usted deberá pasar por la Unidad de Radicaciones de la (CEE) para ser orientado y recoger las peticiones de endosos (si aplica)”.

La presidenta alterna de la CEE, Jessika Padilla Rivera, no respondió un pedido de comentarios de este medio. La entidad, de acuerdo con el calendario aprobado, debe ordenar las papeletas para los comicios generales el 22 de agosto. Es decir, 75 días antes del evento.

El pleito comenzó a principios de año, cuando aspirantes del Partido Popular Democrático (PPD) alegaron que los candidatos impugnados violaron el Código Electoral al no recoger endosos para sus candidaturas.

Sin embargo, los demandados han reiterado que no se les requerían los endosos porque se acogieron al método alterno de selección de candidatos. Los demandantes fueron Jorge Alfredo Rivera Segarra, representante del distrito 22; Héctor Santiago Torres, senador por el distrito de Guayama; Yulixa Paredes Albarrán, aspirante a representante por el distrito 13; y Jorge Quiles Gordillo, entonces aspirante a representante por acumulación, pero que quedó fuera de la papeleta en las pasadas primarias.

Rivera Segarra dijo, en declaraciones escritas, estar satisfecho con el dictamen del Supremo.

“La decisión del máximo foro judicial en nuestra isla fortalece la confianza, primero, en el sistema judicial del país y segundo, en la ley electoral, donde nadie va por encima de esta, y valida que la ley aplica a todos por igual independientemente del partido político que se represente. Fue claro que el MVC ignoró por completo la necesidad de recogido de endosos e incumplió con la fecha establecida en realizar el método alterno”, apuntó el representante popular.

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Las cuatro candidaturas invalidadas por el Tribunal Supremo:

Senado por acumulación

  • Rafael Bernabe Riefkohl
  • Alejandro Santiago Calderón

Cámara de Representantes por acumulación

  • Mariana Nogales Molinelli
  • Gladys Myrna Conty
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