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Tribunal Supremo suspende al exjuez Pablo Oller López por hostigamiento sexual a secretaria y faltarle el respeto a supervisores

El abogado, quien renunció a la Judicatura a menos de un año de fungir como juez superior, fue inhabilitado de la profesión por nueve meses

5 de abril de 2025 - 2:06 PM

Según la opinión “per curiam” y sentencia del Tribunal Supremo, “el licenciado Pablo J. Oller López quebrantó el Canon 38 del Código de Ética Profesional”. (Vanessa Serra Díaz)

El Tribunal Supremo suspendió de la abogacía, por nueve meses, al exjuez superior Pablo Oller López, quien no duró ni un año en la Judicatura, por hostigamiento sexual en el empleo hacia una secretaria de la corte y faltarle el respeto a otros jueces administradores mientras laboraba en la región de Utuado, en 2023.

“Concluimos que el licenciado Pablo J. Oller López quebrantó el Canon 38 del Código de Ética Profesional. Por consiguiente, ordenamos su suspensión inmediata del ejercicio de la abogacía por un término de nueve meses”, establece la opinión “per curiam” y sentencia del máximo foro.

Según el documento, firmado el 28 de marzo, Oller López fue señalado por “acercamientos inadecuados hacia una funcionaria del tribunal, uso de tiempo y recursos públicos para fines personales, influencia indebida sobre funcionarios del orden público en el contexto de presuntas violaciones de las leyes de tránsito, expresiones impropias e irrespetuosas sobre sus jueces supervisores e incumplimientos con las normas de asistencia y abandono del servicio”.

Desde febrero de 2023, Oller López se desempeñaba como juez superior en la Región Judicial de Utuado. A tres meses de haber comenzado su labor, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) comenzó a recibir referidos sobre su comportamiento.

“Tras una investigación exhaustiva, en la cual se le dio oportunidad al licenciado Oller López de ser oído, la Oficina de Asuntos Legales de la OAT rindió un informe en el que estimó que la conducta del entonces juez justificaba el inicio de una acción disciplinaria”, lee la opinión y sentencia.

En diciembre de 2023, la Comisión de Disciplina Judicial presentó el informe de investigación, en el que se alegó que Oller López infringió 13 cánones de ética judicial. Un mes después, el 23 de enero de 2024, el licenciado renunció a su puesto de juez superior mediante una carta al entonces gobernador, Pedro Pierluisi. La renuncia, sin embargo, no fue impedimento para que la Comisión prosiguiera con el procedimiento disciplinario, ya que varios cargos formulados también imputaron violaciones del Código de Ética Profesional de la abogacía.

Respecto al caso contra una secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Lares, las imputaciones configuradas establecieron que Oller López realizó “diversos acercamientos físicos y verbales inapropiados, irrespetuosos y no consentidos en el área de trabajo”. Los comentarios habrían incluido “que su nombre le traía recuerdos; que las (nombre de la víctima) lo ponían mal; que su nombre lo ponía nervioso; al hacerle preguntas personales, mirarla de modo inadecuado e insistente, y haberle tocado la mano y la sortija que llevaba puesta el 3 de mayo de 2023″.

“Con su conducta discriminatoria por razón de género, la que incluso podría configurar o percibirse como hostigamiento sexual en el empleo, el querellado no trató con consideración y respeto a una funcionaria del Poder Judicial, fallando así en comportarse en forma digna y honorable, en consonancia con los valores principales de la profesión”, establece el documento.

Agrega, incluso, que el exjuez llegó a quedarse dormido y roncar en una vista judicial y, cuando se le despertó, sostuvo que se había ahogado.

Oller López también fue imputado por querer influenciar a policías que lo detuvieron, el 23 de junio de 2023, por una violación a la Ley 22 de 2000.

De acuerdo con lo grabado por las cámaras corporales, el entonces juez expresó: “Yo apelaré el ‘ticket’ porque yo no creo en eso”. Acto seguido, agarró su carné, el cual tenía colgado del espejo retrovisor, presuntamente para asegurar que los agentes lo vieran. También, indicó: “Estoy en una llamada con un compañero del tribunal, estoy en una llamada importante”.

El oficial Samuel Salgado Ríos testificó que, mientras preparaba el boleto, Oller López le dijo “trabajamos para lo mismo” y que “él veía esos casos en el tribunal”. Agregó que el licenciado conducía a 73 millas por hora, en una zona cuyo límite de velocidad es 55 millas, y que instó un recurso de revisión para impugnar el boleto expedido, el cual fue declarado no ha lugar.

A pesar de los testimonios presentados, el Supremo entendió que “la prueba no satisfizo el ‘quantum’ necesario para justificar una sanción disciplinaria por ese incidente”.

“Coincidimos con la Comisión en cuanto a que, aun cuando pudiera entenderse que actuó de forma desacertada, la evidencia no demuestra con una alta probabilidad que la intención del letrado era necesariamente utilizar ‘el prestigio y la confianza’ que le confería su puesto para influenciar indebidamente a los miembros de la Uniformada”, establece la opinión y sentencia.

Oller López fue querellado, igualmente, por realizar comentarios irrespetuosos contra el director administrativo de la OAT, Sigfrido Steidel Figueroa, y el juez administrador regional de Utuado, José Orta Valdez.

Una de las testigos del caso alegó que Oller López insinuó que estos jueces “no sabían con quién se estaban metiendo, que él no estaba solo, que él era ‘underground’ (de la calle) y que él era un vaquerito de Bayamón”.

Mientras, el alguacil que laboraba en la entonces sala de Oller López, en Utuado, alegó que le escuchó decir que Orta Valdez “estaba calladito porque sabía que había metido las patas” y, supuestamente, hizo un gesto de pasarse un dedo por el cuello de lado a lado. Durante el contrainterrogatorio, el alguacil declaró que el gesto del dedo en el cuello significaba, de modo coloquial, que a Orta Valdez lo iban a amonestar administrativamente por no concederle a Oller López unos días que había solicitado.

El Supremo también estableció, en su escrito, que, “con su desacertado proceder, el licenciado Oller López causó angustias innecesarias en sus compañeros de trabajo y le faltó al respeto, dignidad y honor de nuestra profesión”.

A Oller López, se le impuso notificar a todos sus clientes sobre su “inhabilidad para continuar representándoles” y devolverles los expedientes de los casos pendientes y cualquier cantidad recibida en honorarios por los servicios no rendidos.

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