Desde el punto de vista jurídico, ambas juezas, a mi juicio, incurrieron en crasos errores e insensibilidad… A ambas juezas les falta completar alguna asignatura, escribe Hiram Sánchez Martínez
Desde el punto de vista jurídico, ambas juezas, a mi juicio, incurrieron en crasos errores e insensibilidad… A ambas juezas les falta completar alguna asignatura, escribe Hiram Sánchez Martínez
No nos debe tomar por sorpresa la desestimación que decretó ayer la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) de las querellas contra dos juezas que atendieron los casos de Andrea Ruiz Costas. Hay que entender dos cosas: primero, que este era un procedimiento disciplinario por infracción de los Cánones de Ética Judicial y, segundo, que no estaba en controversia la corrección jurídica de las decisiones de ambas. La distinción es importante para no frustrarnos más de la cuenta. El informe de la investigadora de la OAT atendió únicamente el aspecto de los Cánones de Ética Judicial (lo primero); la corrección jurídica de las decisiones que ambas tomaron en sus casos (lo segundo) no fue objeto del informe.
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