
Opinión
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En Puerto Rico y otras jurisdicciones, cuando una pareja contrae matrimonio y no otorga capitulaciones, nace lo que se conoce como la sociedad legal de bienes gananciales. Este personaje jurídico tiene el propósito de ser un cúmulo de los beneficios, ganancias y deudas que obtiene el matrimonio desde el momento de su unión hasta su disolución mediante un divorcio o a raíz del fallecimiento de alguno de los cónyuges.
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