El día de las elecciones, el voto del rico vale lo mismo que el voto del pobre, escribe Jorge Farinacci
El día de las elecciones, el voto del rico vale lo mismo que el voto del pobre, escribe Jorge Farinacci
A diferencia de la jurisdicción federal, la Constitución de Puerto Rico reconoce expresamente el derecho fundamental al voto. La Sección 2 de nuestra Carta de Derechos lee: “Las leyes garantizarán la expresión de la voluntad del pueblo mediante el sufragio universal, igual, directo y secreto, y protegerán al ciudadano contra toda coacción en el ejercicio de la prerrogativa electoral”. Repasemos el contenido de esta disposición constitucional.
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