OPINIÓN
Punto de vista
Se adhiere a los criterios de The Trust Project
prima:Hostos, De Diego, Albizu y la Asamblea Constitucional de Status

La propuesta de celebrar una Convención Constituyente o Asamblea Constitucional de Status es una tradición jurídica representada por Eugenio María de Hostos, José de Diego y Pedro Albizu Campos, escribe Carmelo Delgado Cintrón

25 de marzo de 2022 - 9:54 AM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
01/11/2010 Mayaguez, Puerto Rico- Eventos donde se celebro el natalicio del procer puertorriqueno, Eugenio Maria de Hostos. El municipio de Mayaguez, tuvo su conmemoracion en la estatua del procer que ubica en la carretera #2 donde el alcalde, Jose Guillermo Rodriguez junto al consul de Republica Dominicana Frank Nicomedes Perez, pusieron un arreglo floral en el monumento. El Nuevo Movimiento Independentista Hostosiano , celebro una actividad que fue dedicda a Juan Mari Bras, al lider laboral, Pedro Grant y a los ninos de Villa del Sol, esto fue en el centro cultural del pueblo de Mayaguez.Estatua de Hostos donde el municipio de Mayaguez celebro la conmemoracion del natalico del procer de puertorriqueno poniendo un arreglor floral. (Foto por Olimpo Ramos*2010*) (Olimpo Ramos)

La propuesta de celebrar una Convención Constituyente o Asamblea Constitucional de Status, convocada por los puertorriqueños sin la autorización del gobierno federal de Estados Unidos, es una tradición jurídica representada por los juristas Eugenio María de Hostos, José de Diego y Pedro Albizu Campos. El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, entre otros, ha sugerido ese procedimiento para solucionar definitiva y democráticamente el dilema existencial de la subordinación colonial de Puerto Rico a los Estados Unidos.

Guías de Opinión
Las columnas deben enviarse a Gerardo Cordero: gerardo.cordero@gfrmedia.com. Las columnas tienen que ser de 300, 400 o 500 palabras. Al enviarnos su columna, el escritor concede a GFR Media una licencia exclusiva, perpetua, irrevocable, sublicenciable, mundial y libre de regalías para reproducir, copiar, distribuir, publicar, exhibir, preparar obras derivadas, traducir, sindicar, incluir en compilaciones u obras colectivas, y de cualquier otro modo de forma general utilizar su columna (en todo o en parte), sin reserva ni limitación alguna, en cualquier medio (incluyendo pero sin limitarse, a las versiones impresas o digitales o en los sitios web o aplicaciones móvil del periódico El Nuevo Día), forma, tecnología o método conocido en el presente o que sea conocido, desarrollado o descubierto en el futuro. El autor acepta que GFR Media, LLC, podría cobrar a los suscriptores las versiones digitales, sitios web o aplicaciones móviles de GFR Media por el acceso a la columna. has context menu


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: