Es esencial destacar que, aunque LUMA y Genera son entidades privadas, su rol dentro del sistema energético las convierte, en la práctica, en proveedores de servicios públicos, escribe Luis Aníbal Avilés
Es esencial destacar que, aunque LUMA y Genera son entidades privadas, su rol dentro del sistema energético las convierte, en la práctica, en proveedores de servicios públicos, escribe Luis Aníbal Avilés
La Ley de Transformación y Alivio Energético de Puerto Rico (Ley 57-2014) establece un marco regulatorio que exige la implementación de tarifas justas, razonables y no discriminatorias por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y otras entidades que operan en el sector energético, como LUMA Energy y Genera PR. Aunque estas últimas son contratistas privados de la AEE, su responsabilidad bajo este marco regulatorio no puede ser minimizada. Tanto LUMA Energy, encargada de la transmisión y distribución, como Genera PR, responsable de la generación de energía, tienen las mismas obligaciones de regulación colaborativa que tenía la AEE antes de la privatización de estos servicios.
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