En el contexto de la orden de toque de queda, pueden surgir situaciones de emergencia que justificarían la autorización de algún documento ante notario, explica Virmarily Pacheco Rivera
En el contexto de la orden de toque de queda, pueden surgir situaciones de emergencia que justificarían la autorización de algún documento ante notario, explica Virmarily Pacheco Rivera
Desde el pasado 15 de marzo de 2020, fecha de la 0rden Ejecutiva (OE 2020-23) en la que la gobernadora Wanda Vázquez Garced declaró el toque de queda, los ciudadanos de Puerto Rico nos hemos enfrentado con una nueva realidad. Hasta el 30 de marzo, excepto las personas relacionadas a servicios esenciales, enmarcados en operaciones relacionadas a la salud, infraestructura de utilidades esenciales, seguridad nacional, instituciones bancarias, combustible, bienes y servicios y cadenas de suministros, relacionados a estos servicios, deben permanecer en sus hogares en horario de 5:00 a.m. hasta las 9:00 p.m.
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