

Un día vino ante mí un caso en el que un acusado, por voz de su abogado, me informó que había decidido declararse culpable por un delito menor como resultado de una negociación con la fiscalía, lo que en el mundo jurídico se llama una “alegación de culpabilidad preacordada”. Para los que no lo sepan, cuando un acusado o acusada decide declararse culpable y no ir a juicio, el juez o jueza está obligado por ley a asegurarse de que el acusado ha tomado esa decisión de manera libre, voluntaria, ponderada e inteligentemente. De no ser así, el juez no puede aceptar esa alegación de culpabilidad y el caso debe proseguir para juicio.
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