La Asamblea Legislativa tiene que actuar inmediatamente para enmendar la Ley 85, el Código Penal y la Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra, opina el licenciado Jesús M. Ortiz Rivera
La Asamblea Legislativa tiene que actuar inmediatamente para enmendar la Ley 85, el Código Penal y la Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra, opina el licenciado Jesús M. Ortiz Rivera
La Junta de Libertad Bajo Palabra tuvo ante su consideración la solicitud de un convicto para que le apliquen los beneficios de la Ley 85 de 2022. Esa ley permite que las personas convictas en Puerto Rico puedan ser consideradas para libertad bajo palabra al cumplir el 75% de su término o a los 15 años, lo que ocurra primero. En casos de asesinato, con penas de 99 años, se puede solicitar a los 25 años.
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