Las controversias adjudicadas por el máximo foro judicial del país no sólo pueden afectar a las partes de un pleito, sino a toda la población, escribe Luis Zambrana González
Las controversias adjudicadas por el máximo foro judicial del país no sólo pueden afectar a las partes de un pleito, sino a toda la población, escribe Luis Zambrana González
En menos de un mes, el Tribunal Supremo ha celebrado dos vistas orales sobre controversias muy distintas, tanto en Pueblo v. García Cartagena como en Rivera Segarra, et al. v. Rivera Lassen, et al. La primera, sobre cómo interpretar correctamente la modalidad de asesinato estatutario tipificada en el Código Penal anterior. La segunda, acerca de la descalificación, por decisión judicial, de varios candidatos de partidos emergentes por presuntamente no haber cumplido con el requisito de endosos dispuesto en el Código Electoral. Ambas vistas han contado con representantes legales de primer orden y con discusiones jurídicas que ayudan a comprender mejor la complejidad de esos casos. Una buena señal que nos invita a reflexionar.
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