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prima:No ha lugar a que el Supremo nombre al presidente de la CEE

El Tribunal Supremo tiene que rechazar la pretensión legislativa de convertirlo en un organismo político más en nuestro atribulado país, escribe Anabelle Rodríguez

24 de septiembre de 2021 - 11:40 PM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico. (joe.rubens@gfrmedia.com)

Las últimas décadas han traído consigo un acelerado deterioro de nuestras instituciones. El Poder Judicial y el Tribunal Supremo, lamentablemente, no han estado ajenos a este deterioro. Desde la infame expresión -y su eventual ejecución- el Banquete Total, hasta la más reciente iteración de esa festividad, la designación del Tribunal Supremo como ente nominador de quién presidirá la Comisión Estatal de Elecciones. Esa prerrogativa, que se recoge en el controversial Código Electoral de 2020, es a todas luces contraria al texto constitucional. La Constitución de Puerto Rico confiere, en exclusividad, el poder de nombramiento de los funcionarios del Poder Ejecutivo al gobernador de Puerto Rico quien, con el consejo y consentimiento del Senado -y en algunos casos- la Cámara de Representantes, confirman o rechazan los nombramientos propuestos.

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