Nuestra constitución no da espacio para poner el poder de nombramiento de los jefes de una agencia ejecutiva en otra rama, escribe el exgobernador Aníbal Acevedo Vilá
Nuestra constitución no da espacio para poner el poder de nombramiento de los jefes de una agencia ejecutiva en otra rama, escribe el exgobernador Aníbal Acevedo Vilá
Si al Congreso federal se le ocurre darle por ley al Tribunal Supremo de Estados Unidos el poder para que sus jueces nombren a los que supervisan los procesos electorales federales, dicha ley no va a sobrevivir ni un día. De hecho, el propio Tribunal Supremo federal la invalidaría, y no porque yo lo diga, sino porque ya pasó en una vertiente diferente. En 1976, el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió que, si se trata de una agencia de la rama ejecutiva, el presidente nombra y el Senado confirma.
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