OPINIÓN
Punto de vista
Opinión
Explica ideas y extrae conclusiones basadas en la interpretación de hechos y datos.
prima:Responsabilidad judicial y seguridad jurídica

El Tribunal Supremo se equivocó profundamente al cerrarle las puertas a una personas sorda, discapacitada intelectualmente y paciente de salud mental

28 de junio de 2024 - 1:00 AM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
Balanza Justicia
La humildad es un valor primordial. El Tribunal Supremo se equivocó profundamente al cerrarle las puertas a una personas sorda, discapacitada intelectualmente y paciente de salud mental, escribe Luis Zambrana González (Shutterstock)

Existen controversias legales cuya dimensión jurídica trasciende su adjudicación concreta. Recientemente, hemos sigo testigos de múltiples voces que han alertado sobre la incorrección e indolencia de todas las instancias judiciales en el caso del Sr. Jorge Torres Rodríguez. No es para menos. Al señor Torres Rodríguez se le privó de la libertad mediante una medida de seguridad ilegal que solo debe imponérsele, en virtud del principio de legalidad y si lo justifica su peligrosidad, a personas declaradas inimputables o no culpables por razón de incapacidad mental o trastorno mental transitorio. Esto le privó de continuar con un plan de tratamiento al amparo de la Ley de Salud Mental (Ley 408) y lo sometió a una mayor restricción de la libertad propia de una medida de seguridad penal, cuyo tratamiento y consecuencias son bastante distintos a los ingresos y servicios bajo la Ley 408.

Guías de Opinión
Las columnas deben enviarse a Gerardo Cordero: gerardo.cordero@gfrmedia.com. Las columnas tienen que ser de 300, 400 o 500 palabras. Al enviarnos su columna, el escritor concede a GFR Media una licencia exclusiva, perpetua, irrevocable, sublicenciable, mundial y libre de regalías para reproducir, copiar, distribuir, publicar, exhibir, preparar obras derivadas, traducir, sindicar, incluir en compilaciones u obras colectivas, y de cualquier otro modo de forma general utilizar su columna (en todo o en parte), sin reserva ni limitación alguna, en cualquier medio (incluyendo pero sin limitarse, a las versiones impresas o digitales o en los sitios web o aplicaciones móvil del periódico El Nuevo Día), forma, tecnología o método conocido en el presente o que sea conocido, desarrollado o descubierto en el futuro. El autor acepta que GFR Media, LLC, podría cobrar a los suscriptores las versiones digitales, sitios web o aplicaciones móviles de GFR Media por el acceso a la columna. has context menu


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: