Es nuestra opinión que la Corte de Título III no tiene la facultad de establecer las tarifas por servicio eléctrico, la cual recae exclusivamente sobre el Negociado de Energía, escribe Ángel R. Rivera de la Cruz
Es nuestra opinión que la Corte de Título III no tiene la facultad de establecer las tarifas por servicio eléctrico, la cual recae exclusivamente sobre el Negociado de Energía, escribe Ángel R. Rivera de la Cruz
El pasado 28 de febrero de 2023 se celebró una vista ante la Corte de Título III respecto a la Declaración Informativa presentada por la Junta de Supervisión Fiscal con relación al propuesto Plan de Ajuste de la Deuda (PDA) de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. Entre los asuntos en discusión estuvo la facultad del Negociado de Energía de revisar las tarifas actuales de la AEE a los fines de implementar el plan que en su día apruebe la Corte.
Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: