Otorgar estos beneficios podría ser discriminatorio, ya que crearía dos tipos de trabajadores y dos tipos de patronos en Puerto Rico con los empleados de teletrabajo, escribe Martha Quiñones Domínguez
Otorgar estos beneficios podría ser discriminatorio, ya que crearía dos tipos de trabajadores y dos tipos de patronos en Puerto Rico con los empleados de teletrabajo, escribe Martha Quiñones Domínguez
La controversial Ley 52 de 2022 de Estabilización de las Finanzas Públicas de Puerto Rico -que incluye el nuevo marco estatutario para las empresas foráneas- entre varias cosas, tiene un inciso que regula al trabajador a distancia (TAD). El proyecto propone la promoción del teletrabajo, la Ley para Facilitar la Implementación del Trabajo a Distancia en la Empresa Privada y convertir a Puerto Rico en el Centro Digital de las Américas. Define que “un trabajador a distancia es un individuo que realiza servicios como empleado en beneficio de una persona no residente”, señalando que no es para empleados de Puerto Rico, sino para empleados extranjeros residentes en Puerto Rico que se encuentren trabajando para una empresa extranjera bajo esta modalidad.
Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: