

El crédito tributario federal por hijos, conocido en inglés como el Child Tax Credit (CTC), es un crédito contributivo que otorga el Gobierno federal a las familias con dependientes que tengan 16 años o menos. Las familias puertorriqueñas pueden solicitar este crédito, radicando una planilla federal con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos. Veamos cuáles son las reglas para reclamar el CTC en tu planilla del año 2024, cuya fecha de vencimiento es el 15 de abril de 2025.
El CTC es un crédito federal que se provee a los padres y madres de familia para reducir su carga contributiva, considerando los dependientes que tenga a su cargo. Para solicitar el crédito es necesario radicar una planilla federal, usualmente el formulario 1040-SS, ya sea por correo o por medios electrónicos. En la mayoría de los casos, el crédito se recibe a través de un reintegro por parte del Gobierno federal después que el contribuyente radica la planilla federal. Este reintegro lo puede recibir por cheque o depósito directo a su cuenta de banco. El crédito recibido es exento de contribuciones, ya que no se considera ingreso por parte del contribuyente.
Para la planilla del año 2024, la cantidad del crédito reintegrable será lo menor de las aportaciones que haya hecho el contribuyente al seguro social y al Medicare, o $1,700 por dependiente. En el caso de las personas que trabajan por cuenta propia, la cantidad del crédito reintegrable será lo menor de la mitad de la contribución federal por trabajo por cuenta propia (equivalente al seguro social del cuentapropista) o $1,700 por dependiente. Por ejemplo, una madre soltera con dos dependientes que aporta $4,500 al seguro social mediante retenciones patronales puede solicitar un crédito de $3,400, equivalente a $1,700 por dependiente, ya que su aportación al seguro social fue en exceso de dicha cantidad. El contribuyente tiene que generar ingresos ganados en exceso de $2,500 al año para poder cualificar para el crédito.
Cualifican para el crédito los dependientes que sean hijos o hermanos del contribuyente, o sus descendientes (incluyendo nietos y sobrinos) que tengan 16 años o menos al 31 de diciembre de 2024, que vivan con el contribuyente más de la mitad del año, que el contribuyente les provea más de la mitad del sustento y que tengan un número de seguro social válido.
Como regla general, el crédito lo reclama el padre con custodia del dependiente, o el contribuyente que tenga el mayor ingreso, en caso de custodia compartida. Sin embargo, el padre a quien corresponde reclamar el crédito puede cederlo al otro padre mediante el Formulario 8332.
¡Sí, con tan solo un dependiente cualificado, puedes solicitar el crédito!
El crédito se reduce hasta eliminarse si los ingresos del contribuyente para el año 2024 sobrepasan los $400,000 en el caso de contribuyentes casados o $200,000 en los demás casos, como, por ejemplo, en el caso de personas solteras o jefes de familia.
¡Sí! Como regla general, puedes solicitar el crédito hasta tres años hacia atrás, por lo que aún estás a tiempo para solicitar el crédito para los años 2021, 2022, 2023 y 2024, si cualificas.
Puedes comunicarte con tu contador público autorizado para recibir orientación adicional para determinar si eres elegible para reclamar el CTC y sobre el proceso para poder reclamarlo. También, puedes conseguir más información en la página web del Servicio de Rentas Internas en https://www.irs.gov/es/credits-deductions/individuals/child-tax-credit.
La autora es contadora pública autorizada y miembro del Comité de Asuntos Contributivos del Colegio de CPA.
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