Toma nota para que cumplas con tu responsabilidad contributiva y, si tienes derecho a reintegro, lo recibas lo antes posible
Toma nota para que cumplas con tu responsabilidad contributiva y, si tienes derecho a reintegro, lo recibas lo antes posible
Todo contribuyente deberá radicar su planilla electrónicamente, a través del portal de SURI o de alguno de los programas aprobados por el Departamento de Hacienda para la preparación de planillas. Por lo tanto, debes asegurarte de que toda la información requerida se incluya al momento de la radicación.
Por ello, es de suma importancia evitar los siguientes errores al rendir la planilla electrónicamente.
Escribe toda la información requerida y selecciona todos los óvalos que te apliquen. Asegúrate de anotar tu número de Seguro Social y que sea el mismo que aparece en tu comprobante de retención 499R-2/W-2PR y en las declaraciones informativas. La radicación electrónica requiere el número de radicación electrónica de los comprobantes de retención y las declaraciones informativas.
Corrobora que la dirección postal esté correcta y completa. De haber ocurrido un cambio de dirección, asegúrate de anotar la nueva dirección. Verifica tu fecha de nacimiento y la de tu cónyuge (de estar casado). Marca tu tipo de contribuyente correctamente. De estar casado y elegir computar la contribución mediante el cómputo opcional, verifica que indica la elección en la primera página de la planilla. Si rindes planilla conjunta, la planilla se podrá rendir a nombre de cualquiera de los cónyuges. Si deseas recibir tu reintegro con mayor prontitud, incluye la autorización de depósito directo.
Las evidencias correspondientes a las deducciones y a la exención por dependientes no tienen que someterse con la planilla, pero debes conservarlas por seis años, ya que, en caso de una investigación o auditoría, pudiesen solicitarlas. Si se requiere alguna evidencia, se someterá electrónicamente a través de SURI. También, todo pago se hará de forma electrónica. Asegúrate de que la información de la cuenta bancaria esté correcta, antes de finalizar la radicación electrónica. Si la institución financiera rechaza el pago, el Departamento de Hacienda puede imponer una penalidad del monto del pago.
Incluye con tu planilla la información requerida de todos los comprobantes de retención y declaraciones informativas. Los pagos de la planilla estimada y sobrepago de años anteriores deben incluirse en la Parte III del Anejo B, “Otros pagos y retenciones”. Las aportaciones a planes cualificados de pensiones no deben restarse de los salarios reportados, pues la cantidad de salarios ya tiene esa aportación excluida.
Si reclamas dependientes, completa toda la información requerida por el Anejo A1, “Dependientes”. El cónyuge no se considera un dependiente, por lo tanto, no debes incluirlo en el Anejo A1.
Accede a SURI para corroborar si has recibido todos los formularios que te corresponde reportar en la planilla. También podrás solicitar al emisor del formulario cualquier corrección, si aplica. Antes de radicar, asegúrate de firmar la planilla electrónicamente. Si es una planilla conjunta, ambos cónyuges deben firmar al momento de radicar.
Si tienes dudas o necesitas más información, consulta a tu CPA o asesor contributivo de confianza, quienes te orientarán debidamente. El Colegio de CPA también tiene disponible información adicional en su página www.colegiocpa.com.
La autora es miembro del Comité de Asuntos Contributivos del Colegio de CPA.
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