Preguntas frecuentes

  • Para inscribirse en el Registro Electoral y participar en las próximas elecciones generales, las personas deben:

    • Tener ciudadanía estadounidense
    • Tener 18 años o más al 5 de noviembre de 2024
    • Estar domiciliado en Puerto Rico
    • No estar incapacitado judicialmente
  • El Registro Electoral cierra el 21 de septiembre. Hasta la mencionada fecha, las personas que cumplan con los requisitos pueden inscribirse presencialmente en las Juntas de Inscripción Permanente o las Juntas de Inscripción Temporeras o en línea en el Sistema Electrónico de Electores.

  • Si eres un elector hábil que decidió no participar de las elecciones generales del 2020, sigues activo en el Registro Electoral y puedes votar el día de las elecciones. Sin embargo, si no votaste en los últimos dos comicios, es decir, ni en 2016 ni en 2020, necesitas reactivarte para poder votar el 5 de noviembre.

  • Si tu lugar de residencia es distinto a la dirección que aparece en el registro de la Comisión Estatal de Elecciones, debes hacer un cambio de domicilio en o antes del 21 de septiembre. Todos los cambios podrán hacerse presencialmente en las Juntas de Inscripción Permanente o en las Juntas de Inscripción Temporeros o en línea a través del Sistema Electrónico de Electores.

  • Sí, si decides votar por algún candidato por nominación directa o "write-in", aparte del nombre del aspirante, debes hacer una "X" en el encasillado para que el voto cuente.

  • Existen muchos grupos de electores que pueden solicitar el voto adelantado, entre los que están aquellos que deban estar en su centro de trabajo el día de las elecciones, que sea cuidador único de su familia, personas hospitalizadas a largo plazo, personas domiciliadas en Puerto Rico que estén fuera del país durante los comicios y los adultos mayores, entre otros.

    La fecha límite para solicitar esta modalidad es el 16 de septiembre.

    Para el voto ausente, el elector debe cumplir con tres requisitos: domicilio en Puerto Rico, registro activo y ausencia física durante el día de las elecciones. Para solicitar esta modalidad, la fecha límite es el 21 de septiembre.

    Las solicitudes estarán disponibles en el portal cibernético de la agencia (ww2.ceepur.org) o en las Juntas de Inscripción Permanente. También puedes acceder a ellas a continuación:

  • Dependiendo de la categoría del voto adelantado, los electores pueden ejercer el sufragio en un centro de votación adelantada, a domicilio o por correo. En este último caso, los electores deben enviar las papeletas con sus respectivas marcas, a más tardar, el 5 de noviembre.

  • Aquellos electores que deban trabajar el día de la elección y no hayan tenido la oportunidad de acceder al voto adelantado, cuando el horario de la votación conflija con su jornada, el pratrono está obligado a ofrecer un máximo de dos horas pagas para que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto.

  • Los electores que ejerzan su derecho al voto en los diversos eventos electorales deben llevar consigo una identificación con foto vigente expedida por el gobierno estatal o federal, que podría ser, pero no necesariamente, la tarjeta de identificación electoral. Otras de las identificaciones aceptadas está el pasaporte, licencia de conducir o las tarjetas de identificación de la milicia.

  • Los centros de votación estarán abiertos el martes, 5 de noviembre de 2024, desde las 9:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.



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